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Los cambistas ya no podrán trabajar en las calles de Miraflores

La ordenanza le da un plazo a los cambistas para que se formalicen.
La ordenanza le da un plazo a los cambistas para que se formalicen. | Fuente: Andina

Los cambistas tienen como plazo hasta el 30 de setiembre de este año para que puedan formalizarse y operar en locales regulares. El alcalde Luis Molina aseguró a RPP Noticias que estas personas tendrán facilidades.

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La Municipalidad de Miraflores emitió una ordenanza para prohibir a los cambistas de moneda extranjera laborar en las calles del distrito, una medida que busca reducir los asaltos.

“Declarar que a partir de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza la actividad de Cambio de Moneda Extranjera (compra-venta de moneda nacional y extranjera) deberá ser considerada GIRO NO CONFORME en el distrito de Miraflores, es decir que dicho giro no puede ser autorizado en la vía pública del distrito”, señala el dispositivo.

En la norma, publicada este jueves en las Normas Legales del diario El Peruano, se establece un plazo a los cambistas hasta el 30 de setiembre de este año para que puedan formalizarse y operar en locales regulares.

“Con la finalidad de lograr la formalización de la actividad en mención, los cambistas que cuenten con autorización temporal vigente a la emisión de la presente ordenanza serán beneficiados con la reducción del 50 % de la tasa contemplada en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la entidad para la obtención de las licencias de funcionamiento respectivas, así como del 50 % en la tasa de instalación de elemento publicitario”, reza el documento.

En diálogo con RPP Noticias, el alcalde de Miraflores, Luis Molina, resaltó que la ordenanza emitida le da “un plazo en siete meses (a los cambistas) para que se formalicen, y vamos a darle facilidades para que vayan a un sitio cerrado, porque la vida humana no tiene precio”.

Como disposición complementaria, la ordenanza precisa que la Gerencia de Autorización y Control de Miraflores desarrollará un proyecto de ordenanza para la nueva regulación del comercio en la vía pública en el distrito, para su aprobación dentro del plazo de sesenta días.


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