De acuerdo al portal del Ministerio de Relaciones Exteriores, el trámite para la inscripción y obtención de documentos de hijos de peruanos nacidos en extranjero varía para menores y mayores de edad. ¿Cuáles son los requisitos?
La Constitución Política del Perú señala en su artículo 52 que son peruanos por nacimiento los "nacidos en el territorio de la República" y también los nacidos en el exterior "de padre o madre peruanos", siempre y cuando hayan sido inscritos en el registro correspondiente. Pero, ¿cómo realizar este trámite en el extranjero?
De acuerdo al portal del Ministerio de Relaciones Exteriores, el trámite para la inscripción de nacimiento y obtención de documentos de hijos de peruanos nacidos en el extranjero varía para menores y mayores de edad.
El ministro de Relaciones Exteriores, Mario López Chávarri, afirmó en el programa Ampliación de Noticias que estos trámites permitirán iniciar la tramitación del DNI y posteriormente la tramitación del pasaporte.
"Luego de acreditar esa nacionalidad peruana, inmediatamente en el consulado se inscribe en el registro de nacimientos de peruanos a la persona que desea registrarse (...) inmediatamente se procede a emitir la partida de nacimiento peruano correspondiente y desde ese momento ya es peruano", dijo.
Menores de edad
La Cancillería precisa que los hijos de peruanos nacidos en el exterior pueden ser inscritos en el Registro de Nacimientos de las Oficinas Consulares ubicadas en el país donde ocurrió el nacimiento. Este trámite se realiza previa cita, una vez reunida toda la documentación.
Mayores de edad
En el caso de los hijos de peruanos nacidos en el exterior mayores de edad, pueden ser inscritos en el Registro de Nacimientos de las Oficinas Consulares ubicadas en el país donde ocurrió el nacimiento. Estas inscripciones pueden ser realizadas por el titular o el padre/la madre o los padres peruanos. Este trámite se realiza previa cita, una vez reunida toda la documentación.
La Cancillería aclara que para ambos trámites (menores y mayores de edad), el costo de la copia certificada de la partida peruana es gratuito. Sin embargo, en caso de necesitar una copia adicional, tendrá un costo de seis euros.
Además, precisa que la copia certificada se entregará el mismo día del trámite, en caso el Registro de Nacimientos sea procedente.
Asimismo, advierte que el "derecho de peruano por nacimiento" no lo transmite aquel progenitor que haya obtenido la nacionalidad peruana por naturalización (residencia) u opción (matrimonio). En consecuencia, los ciudadanos nacionalizados peruanos no podrán registrar el nacimiento de sus hijos en las Oficinas Consulares. "La inscripción de nacimientos no incluye la emisión de un DNI", agrega.
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