La Ley N° 31122, publicada este miércoles en el diario El Peruano, modifica el artículo 40 de la Constitución Política del Perú para el personal médico especialista o asistencial de salud ante una emergencia sanitaria.
El Gobierno publicó la ley que permite al personal médico especializado o asistencial de salud tener doble empleo en el sector público, y por tanto recibir doble remuneración, en casos de emergencia sanitaria.
De acuerdo a la Ley 31122, publicada este miércoles en el boletín de normas del diario El Peruano, se modifica el artículo 40 de la Constitución Política del Perú, según el cual ningún funcionario o servidor público puede desempeñar más de un empleo o cargo público remunerado.
No obstante, ante la falta de personal por la actual emergencia sanitaria, el Congreso de la República modificó el artículo constitucional para permitir al personal médico especializado o asistencial en salud la posibilidad de tener doble empleo o cargo público remunerado en el Estado solo en casos de emergencia sanitaria.
La norma lleva las firmas de la titular del Congreso de la República, Mirtha Vásquez, así como del presidente de la República, Francisco Sagasti, y la titular de la Presidencia del Consejo de Ministros, Violeta Bermúdez.
En diciembre pasado el Pleno del Congreso aprobó, por 95 votos a favor y 22 abstenciones, la ley de reforma constitucional que habilitó el doble empleo o cargo público remunerado del personal médico especializado o asistencial de salud, en caso de emergencia sanitaria.
Al tratarse de una reforma constitucional, la ley tuvo que ser ratificada en una siguiente legislatura, lo que ocurrió a inicios de febrero cuando el Pleno del Congreso aprobó con 117 a favor y 2 abstenciones, la citada ley de reforma constitucional.
NUESTROS PODCAST
"Espacio vital": Estudios en Sudáfrica probaron que la vacuna contra la Covid-19 de Novavax no es eficaz contra la variante del virus descubierto en dicho país. ¿Todas las vacunas desarrolladas han presentado los mismos resultados?
Comparte esta noticia