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MTC facilita ingreso de equipos electrónicos que acompañan a las vacunas contra la COVID-19

Vacuna contra la COVID-19
Vacuna contra la COVID-19 | Fuente: AFP

El MTC precisó que se han exceptuado los permisos de homologación e internamiento para equipos que monitorearán temperatura, traslado y almacenamiento de vacunas contra la COVID-19.

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El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC)dispuso exceptuar el procedimiento de homologación e internamiento que se exige a los productos que ingresan al territorio nacional, con la finalidad de coadyuvar a las gestiones para que las vacunas contra la COVID-19 entren al país con prontitud y se eviten trámites que pueden durar más de 20 días.

De acuerdo a la legislación de nuestro país, los equipos electrónicos que emiten ondas electromagnéticas, que ingresan del exterior deben pasar por un trámite de homologación que dura unos 15 días hábiles, mientras que el proceso de internamiento toma unos 5 días.

Se trata de equipos y/o aparatos electrónicos que son necesarios para monitorear y controlar, en tiempo real, la temperatura de las vacunas, su ubicación, desplazamiento y almacenamiento.

Considerando que la adquisición de las vacunas contra la COVID-19 es de necesidad pública e interés nacional, resulta necesario brindar facilidades para su rápido ingreso al país.

El levantamiento de estos trámites, suponen un ahorro de tiempo valioso para la distribución de las vacunas en todo el país. Estas medidas facilitarán el ingreso de los contenedores que transportan las vacunas, no solo del lote que arribará en febrero, sino de todos los que vendrán posteriormente.

La disposición fue dada a través de las Resoluciones Directorales N° 047-2021-MTC/27 y N° 012-2021-MTC/29, expedidas por la Dirección General de Programas y Proyectos de Comunicaciones y la Dirección General de Fiscalizaciones y Sanciones en Comunicaciones, respectivamente; y estarán vigentes en tanto dure el periodo de la emergencia sanitaria establecida por la pandemia.

La norma establece que queda prohibida la comercialización, donación o entrega en uso —a privados— de los equipos electrónicos que son materia de excepción del permiso de homologación e internamiento y que sirven para mantener las condiciones que requiere el traslado de las vacunas en nuestro país.

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