La defensora del Pueblo, Beatriz Merino, afirmó que la sentenciada por terrorismo no puede dejar el Perú si abandona la prisión producto de un beneficio carcelario.
La ciudadana estadounidense Lori Berenson, sentenciada por terrorismo, solo puede ser expulsada del país cuando cumpla totalmente su condena y no si abandona la prisión producto de un beneficio carcelario.
Así lo afirmó la defensora del Pueblo, Beatriz Merino, quien dijo basar su explicación en la Ley de Extranjería.
Cabe precisar que la pasada semana, el ministro de Justicia, Víctor García Toma, adelantó que el Gobierno, en caso de producirse la excarcelación de la emerretista, optará por su expulsión del país.
Merino Lucero explicó que ante el pedido de semilibertad o libertad condicional presentado por Berenson y en caso deje la cárcel, ella debería permanecer en el Perú hasta que cumpla su condena de forma oficial.
Indicó, además, que tampoco tendría beneficios por estar casada con ciudadano peruano.
Según Berenson, ya completó tres cuartos de su sentencia (15 años) y cumpliría su condena en 2015.
Así lo afirmó la defensora del Pueblo, Beatriz Merino, quien dijo basar su explicación en la Ley de Extranjería.
Cabe precisar que la pasada semana, el ministro de Justicia, Víctor García Toma, adelantó que el Gobierno, en caso de producirse la excarcelación de la emerretista, optará por su expulsión del país.
Merino Lucero explicó que ante el pedido de semilibertad o libertad condicional presentado por Berenson y en caso deje la cárcel, ella debería permanecer en el Perú hasta que cumpla su condena de forma oficial.
Indicó, además, que tampoco tendría beneficios por estar casada con ciudadano peruano.
Según Berenson, ya completó tres cuartos de su sentencia (15 años) y cumpliría su condena en 2015.
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