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JNE declara fundada en parte segunda tacha contra Alex Kouri

La tacha señala, entre otros aspectos, que Kouri no había sido elegido candidato en elecciones internas democráticas, tal como lo manda la ley.

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El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) declaró fundada en parte una segunda tacha presentada contra el candidato a la alcaldía de Lima por Cambio Radical, Alex Kouri, por irregularidades en su designación como postulante y por haber violado diversos artículos de la legislación electoral.

En consecuencia, el máximo tribunal electoral resolvió anular la resolución 00005-2010 del Jurado Electoral Especial (JEE) Lima Centro, que declaró infundada esta tacha presentada por el abogado Guillermo Olivera Díaz.

Por ello, la resolución del JNE resolvió también que el mencionado Jurado Electoral Especial emita un nuevo pronunciamiento sobre este particular.

Olivera había sustentado su tacha señalando, entre otros aspectos, que Kouri no había sido elegido candidato en elecciones internas democráticas, tal como lo manda la ley, y que el partido Cambio Radical carecía de los órganos internos competentes para cumplir con dicho requisito.

Al rechazar estos argumentos, el JEE señaló que la tacha no cuestionó la candidatura de Kouri, sino que alegó defectos en la constitución, funcionamiento y designación de los representantes al interior de Cambio Radical.

Además, la rechazó porque si bien el ex presidente regional no se encuentra afiliado a Cambio Radical, no existen restricciones para que como simpatizante sea propuesto para cargos electivos y que, además, fue elegido en elecciones internas a través de órganos partidarios.

No obstante, la resolución del JNE que declara fundada en parte esta tacha señala en sus fundamentos que de acuerdo con lo establecido en los artículos 19 y 22 de la Ley de Partidos Políticos y sus modificatorias, la elección de autoridades y candidatos debe regirse por las normas de la democracia interna establecidas en dicha ley, el estatuto y el reglamento electoral de la agrupación política.

Asimismo, el JNE señala que el Jurado Electoral Especial no señala cuál es la base legal que llevó a determinar infundada el recurso de Olivera Díaz y, en especial, tampoco se determina la incidencia que podría tener los defectos en la constitución, funcionamiento y designación de los representantes de Cambio Radical respecto de la validez de la candidatura de Kouri.

Se trata de la segunda tacha que es aprobada contra el candidato de Cambio Radical y también la segunda oportunidad en que el JNE ordena al Jurado Electoral Especial Lima Centro volver a pronunciarse sobre un recurso de este tipo.

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