Con votos de Fuerza Popular, APRA, Cambio 21 y Unidos por la República, la Comisión Permanente aprobó la elaboración de un informe técnico-legal respecto a su propio funcionamiento y, especificamente, el de la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales para el período 2019-2020.
Con 13 a favor, cinco en contra y seis abstenciones, la Comisión Permanente aprobó la elaboración de un informe técnico-legal respecto a su propio funcionamiento y, especificamente, de la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales para el período anual de sesiones 2019-2020. Los votos a favor fueron de Fuerza Popular, APRA, Cambio 21 y Unidos por la República.
La propuesta fue hecha por el fujimorista Mario Mantilla, quien fundamentó su pedido en el artículo 42 del Reglamento del Congreso, en donde se señala que la CP ejerce sus funciones "inclusive en el interregno parlamentario derivado de la disolución del Congreso". En tanto, su colega Lourdes Alcorta propuso que el informe contenga opiniones del propio Congreso y externa, para evitaría incurrir que se incurra en alguna infracción de carácter legal.
Del otro lado, Clemente Flores sostuvo que el pedido estaba "fuera del marco legal", pues la Constitución es "clarísima" al determinar las funciones de la CP en la actual coyuntura, mientras que Justiniano Apaza señaló que las elecciones complementarias, previstas para enero próximo, ya están convocadas y que incluso varias agrupaciones políticas se encuentran preparando sus candidaturas, con lo cual -dijo- ya aceptaron la disolución del Congreso.
Piden que la Comisión Permanente sesione
Días atrás, el presidente de la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales, el fujimorista Mario Matilla, pidió a los asesores del grupo de trabajo que evalúen la situación del mismo. Un informe presentado por éstos afirma que se debería de reactivar lo más pronto.
El documento argumenta que por ser la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales dependiente de la Comisión Permanente y encargada de realizar el antejuicio político contra altos funcionarios del estado, esta se se debería reactivar.
Según el informe, la Subcomisión debe de “continuar desarrollando su función de control político en el interregno parlamentario; más aún porque según lo dispuesto en el artículo 99° de la Constitución Política, la prerrogativa funcional del antejuicio, tiene un plazo de hasta cinco años después de que los altos funcionarios, hayan cesado en sus funciones”.
Debido a la caducidad del juicio político, “las denuncias por infracción constitucional no pueden ser tramitadas en otra instancia, en razón de que es competencia exclusiva y excluyente del Congreso de la República, acción que se inicia en esta Subcomisión”.
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