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Comisión de Mujer y Familia aprobó dictamen sobre elección del orden de los apellidos

El proyecto propone que los padres puedan acordar el orden de los apellidos de sus hijos.
El proyecto propone que los padres puedan acordar el orden de los apellidos de sus hijos. | Fuente: Minsa

La iniciativa legislativa contempla la modificación del artículo 20 del Código Civil, a fin de garantizar a los padres la libre elección del orden de los apellidos de un recién nacido.

La Comisión de Mujer y Familia del Congreso aprobó este martes un predictamen que acoge los proyectos de ley de la bancada Unidos por la República y la congresista de Nuevo Perú Marisa Glave, acerca de la inscripción y libre elección de apellidos.

La legisladora izquierdista explicó mediante su cuenta en Twitter que la iniciativa propone que "de manera democrática" los padres puedan decidir el orden de los apellidos de sus hijos. "En el caso de madres solteras donde haya un padre ausente, podrán hacer la inscripción solas y determinar el orden de los apellidos", agregó.

En el mismo tuit celebró la aprobación del tetxo, que consideró un "primer paso". "Estoy muy contenta, hoy al fin en la Comisión de la Mujer ya tenemos un dictamen a favor de la ley del apellido [...] Este es un primer paso, esperemos lograr pronto su aprobación en el Pleno".

¿Qué cambiaría?

La propuesta establece la modificación del artículo 20 del Decreto Legislativo 295 del Código Civil, que determina el orden del apellido de un recién nacido. Quedaría de la siguiente manera: "(...) al hijo matrimonial le corresponde el primer apellido del padre y el primero de la madre, en el orden que ambos acuerden".

Durante la sustentación, la parlamentaria Patrcia Donayre (Unidos por la República) recordó que para los estudiantes de derecho no estaba muy clara la interpretación correcta del artículo 20 porque no establece que debe ir el apellido paterno delante del materno, simplemente deja abierta la posibilidad, sin embargo, la costumbre ha sido ponerlo así.

“Creo que la elección del apellido debe ser producto de un consenso de ambos padres o de la madre, si es que ella asume la responsabilidad. Al proyecto se le podría agregar que se deje una constancia de esta decisión mediante un acta notarial”, acotó.

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