Desde el grupo de trabajo encargado de la selección de los candidatos al Tribunal Constitucional (TC) sostuvieron que estas resoluciones disponen el archivo definitivo de estos procesos de tacha. Estos procesos buscaban retirar del proceso de evaluación a los postulantes.
La comisión especial encargada de seleccionar a los candidatos a magistrados del Tribunal Constitucional (TC) aprobó este miércoles, por mayoría, las resoluciones que declaran infundadas las tachas presentadas contra cuatro postulantes.
Se trata de tachas presentadas contra los postulantes Esperanza Jobita Díaz Silva, Fernando Alberto Calle Hayen, María del Pilar Dolores Tello Leyva y Vicente Rodolfo Walde Jáuregui, quienes podrán continuar en el proceso de evaluación.
Según precisaron durante la sesión de este grupo de trabajo parlamentario que preside el congresista, Rolando Ruiz, las resoluciones disponen el archivo definitivo de los procesos de tacha presentados contra los postulantes.
Tachas infundadas
En el caso de Díaz Silva, se presentaba la tacha por haber sido candidata al Congreso por el partido Alianza para el Progreso en 2016.
Al respecto, la resolución indica que este señalamiento no deslegitima la postulación, pues “la militancia política no es un obstáculo para presentarse como postulante e inclusive accede a un puesto en el TC”.
En tanto que a los postulantes Fernando Calle y Vicente Walde Jáuregui se les buscaba tachar por sus pronunciamientos y votos sobre determinados casos cuando ejercían los cargos de magistrado del TC y vocal supremo, respectivamente.
Sobre dicha situación, el documento indica que el inciso 19.2) del artículo 19 del Reglamento del concurso señala que “no se admite la tacha referida al cuestionamiento de decisiones jurisdiccionales”.
De otro lado a la postulante María Tello se le cuestionaba, entre otros argumentos, por supuestamente haber recibido dos remuneraciones del Estado cuando ejercía la labor docente en la Universidad Nacional Federico Villarreal, mientras que al mismo integraba el directorio de Editora Perú.
En este caso, el equipo técnico del grupo de trabajo pudo verificar que la situación laboral de la candidata “no constituye ningún impedimento o violación a la ley, pues en todo momento se respetó la ley de la materia sobre la percepción de doble remuneración”.
Andina
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