De acuerdo con la acusación constitucional, Víctor Zamora, quien asumió la cartera de Salud el 20 de marzo de 2020, cometió graves omisiones e irregularidades en la conducción de una adecuada política nacional de salud en el contexto de la pandemia por COVID-19.
El pleno del Congreso de la República inhabilitó por 10 años para el ejercicio de la función pública al exministro de Salud, Víctor Zamora, quien además fue acusado por la presunta comisión del delito de omisión, rehusamiento o demora de actos funcionales.
La resolución legislativa 9759 por la que se inhabilitó al exministro obtuvo 68 a favor, 16 en contra y dos abstenciones.
De acuerdo con la acusación constitucional, Zamora Mesía cometió graves omisiones e irregularidades en la conducción de una adecuada política nacional de salud en el contexto de la pandemia por la COVID-19.
El documento indica, también, que, pese a las directivas internacionales sobre el manejo de la pandemia, Zamora -quien asumió la cartera de Salud el 20 de marzo de 2020- habría priorizado la adquisición de pruebas rápidas en lugar de pruebas moleculares, a pesar de que estas últimas contaban con el respaldo de la comunidad científica como método diagnóstico más efectivo.
Este enfoque, según el informe, habría comprometido el cerco epidemiológico y acelerado la expansión del virus, resultando en un aumento significativo de muertes en el país.
Crisis de oxígeno durante su gestión
Respecto a la crisis de oxígeno medicinal, se indica que el exministro tenía facultades legales para adoptar medidas oportunas que garantizaran su acceso, como la modificación de resoluciones ministeriales.
Sin embargo, el Decreto de Urgencia N.º 066-2020, que autorizó el uso excepcional de oxígeno medicinal con una pureza mínima del 93 %, fue emitido recién el 4 de junio de 2020, 75 días después de su nombramiento.
Esta demora habría provocado una crisis severa, marcada por la falta de oferta, especulación y un mercado negro del recurso, indispensable para tratar a pacientes con COVID-19.
Asimismo, refiere que la gestión del exministro de Salud, durante la crisis de oxígeno, evidenció falta de previsión y una baja capacidad de respuesta ante la creciente demanda insatisfecha tanto en hospitales públicos como en el sector privado.
Estas deficiencias podrían configurar el delito de omisión, rehusamiento y demora de actos funcionales, tipificado en el artículo 377 del Código Penal.
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