El legislador de Podemos Perú dijo también que la decisión del Poder Judicial de declarar improcedente la prisión preventiva contra el hermano de Dina Boluarte es porque esta figura "se viene mal utilizando".
El integrante de la bancada de Podemos Perú Guido Bellido se pronunció sobre la decisión del Poder Judicial de revocar la orden de 36 meses de prisión preventiva dictada en noviembre último contra Nicanor Boluarte por presuntamente liderar una organización criminal en el denominado caso ‘Los waykis en la sombra’.
Durante una entrevista en el programa Prueba de fuego de RPP, el expresidente del Consejo de Ministros barajó dos teorías, siendo una de ellas que la justicia “en este momento” podría “ser que se esté parcializando” con el hermano de la presidenta de la República, Dina Boluarte.
La otra hipótesis, según dijo, es que la figura de la prisión preventiva “se viene mal utilizando”.
“De ser correcta la prisión preventiva debiera ser ratificada y si se está desestimando es porque no se está actuando adecuadamente”, aseguró.
Bellido mencionó, además, que “no se puede plantear prisiones preventivas como regla general”, al considerar que estas son una “excepcionalidad”.
“Eso demuestra el poco argumento, sustento y presupuestos que se han mantenido para que se pueda dar la prisión preventiva”, añadió.
PJ declaró improcedente la prisión preventiva de Nicanor Boluarte
El Poder Judicial declaró improcedente el mandato de 36 meses de prisión preventiva impuesto a Nicanor Boluarte y los demás investigados en el marco del caso ‘Los waykis en la sombra’.
Así lo dispuso la Quinta Sala Penal de Apelaciones Nacional de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada, que declaró fundadas las apelaciones presentadas por las defensas de los investigados Nicanor Boluarte, Jorge Ortiz Marreros, Zenovia Herrera Vásquez, Jorge Chingay Salazar y Noriel Chingay Salazar.
En la resolución, la sala dispone revocar las resoluciones emitidas por el juez del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional, Richard Concepción Carhuancho, quien dictó las prisiones preventivas contra estos procesados en noviembre de 2024.
Asimismo, el colegiado reformó las resoluciones e impuso mandato de comparecencia simple para todos los investigados, por lo que quedaron sin efecto los oficios cursados para sus capturas.
La decisión fue adoptada en mayoría por los magistrados de la Quinta Sala Penal de Apelaciones Nacional, mientras que la jueza superior María Felices Mendoza emitió un voto en discordia y concluyó que se anulen las resoluciones por las que se impusieron las prisiones preventivas y que un nuevo juez emita un nuevo pronunciamiento.
Nicanor Boluarte, Jorge Chingay Salazar, Jorge Luis Ortiz Marreros, Noriel Chingay Salazar y Zenovía Herrera Vásquez se encuentran con orden de captura al estar en calidad de “no habidos” tras haberse dictado 36 meses de prisión preventiva en su contra dentro de esta investigación preparatoria.
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