Según el ente electoral, existen indicios de una presunta vulneración del artículo 42 de la Ley de Organizaciones Políticas.
La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) inició procedimiento sancionador al partido Alianza para el Progreso por actos realizados por su candidato presidencial, César Acuña Peralta, al existir indicios de una presunta vulneración del artículo 42 de la Ley de Organizaciones Políticas.
La decisión se adopta después de una fase de indagación sobre el ofrecimiento de dinero hecho por el aspirante presidencial a ciudadanos durante la campaña electoral, lo que ha sido registrado en imágenes por medios de comunicación y cuya entrega ha sido reconocida públicamente por Acuña Peralta.
El artículo 42 de la mencionada ley señala: “Las organizaciones políticas, en el marco de un proceso electoral, están prohibidas de efectuar la entrega, promesa u ofrecimiento de dinero, regalos, dádivas u otros obsequios de naturaleza económica, de manera directa o a través de terceros, salvo aquellos que constituyan propaganda electoral”.
Además, precisa: “Esta conducta se entiende como grave y será sancionada con una multa de 100 UIT (395,000 soles), que será impuesta por la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) en un plazo no mayor de 30 días”.
Conforme a la indagación llevada a cabo, se ha tomado conocimiento sobre la realización de dos actividades de campaña electoral desarrolladas por el partido Alianza para el Progreso, en las cuales se habría presentado dos hechos de similar conducta, con lo que se contravendría lo establecido en la ley, según la Resolución 050-2016-J/ONPE.
Iniciado el proceso sancionador, la ONPE comunicará esta decisión a la citada organización política para que, en el plazo máximo de 10 días, formule sus descargos, luego de lo cual se adoptará una determinación.
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