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Partidos deben presentar informes de ingresos y gastos el 7 de enero

Los partidos y alianzas electorales deben rendirle cuentas a la ONPE.
Los partidos y alianzas electorales deben rendirle cuentas a la ONPE. | Fuente: Andina

La ONPE indicó que esta información deberá presentarse en cinco entregas, siendo la primera en la fecha ya indicada.

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Los partidos políticos y alianzas electorales que participarán en las elecciones generales del 2016 deberán presentar hasta el próximo 7 de enero la primera información financiera de ingresos, aportes y gastos de campaña electoral ante la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) para su respectiva verificación y control.

Esta entidad electoral manifestó que esta información deberá presentarse en cinco entregas en los formatos aprobados para tal fin en aras del cumplimiento de las obligaciones de transparencia y de la Ley de Partidos Políticos.

Precisó, en ese marco, que la primera información deberá contener el detalle de los ingresos, aportes y gastos de campaña electoral realizados del 14 de noviembre del 2015, fecha en que se convocó a los comicios, al 31 de diciembre de 2015.

El plazo para la segunda entrega está fijado para el 5 de febrero del 2016 y debe incluir la información financiera de campaña de todo el mes de enero.

La tercera entrega debe hacerse hasta el 4 de marzo, con toda la información del mes de febrero; y la cuarta el 6 de abril, con la información de marzo.

Finalmente, la entrega del quinto reporte debe realizarse hasta el 21 de abril y debe incorporar la información de los ingresos, aportes y gastos realizados del 1 al 15 de abril.

Los formatos a presentar deben detallar, entre otros aspectos, los gastos realizados por publicidad con fines electorales, precisando el nombre del medio de comunicación escrito, radial o televisivo o la dirección de Internet por la que se propalaron los avisos y, de ser el caso, el nombre de las agencias de publicidad utilizadas, y las tarifas cobradas.

También deben precisar las aportaciones individuales en efectivo y en especie que reciban, así como las entregas no dinerarias de servicios, bienes o derechos a título gratuito, que realizan las personas naturales o jurídicas con domicilio en el país o en el extranjero.

Andina

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