La Sunedu estableció que el cese de autoridades sea hasta el 31 de diciembre de 2015, pero muchas universidades públicas no acataron plazo máximo.
El Poder Judicial declaró la legalidad y constitucionalidad de la “Guía de Adecuación de Gobierno de las Universidades Públicas al amparo de la Primera Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº 30220”, aprobada por el consejo directivo de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu).
Respalda a la Sunedu. La Primera Sala Civil de Lima, en su sentencia que debe ser aplicada por todos los jueces del país, declara infundada la demanda interpuesta en contra de esta norma y respalda de modo explícito la posición asumida por la Sunedu, que estableció que el cese de autoridades al 31 de diciembre de 2015 como plazo máximo.
Nuevas elecciones. Asimismo, reafirma que la Sunedu tiene competencia para regular el proceso de adecuación de gobierno de las universidades públicas, que está referido a la elaboración de un nuevo estatuto y elección de nuevas autoridades, relacionado con la implementación de una educación superior de calidad, función principal de esta superintendencia.
Mantenerse en el cargo. En ese sentido, lo pretendido por el demandante supone simplemente intentar sujetar la reforma a su interés particular de mantenerse en el cargo, en contra de los fines de la reforma de la Ley Universitaria.
Caso Cotillo. La sentencia da por concluidos los cuestionamientos de algunas exautoridades renuentes, como el caso de Pedro Cotillo en la Universidad San Marcos, que se negaban a dejar sus cargos alegando que su mandato vencía, en el más extremo de los casos, en el año 2019. Este fallo, además, supone un nuevo precedente para los procesos que actualmente se mantienen en diversas universidades.
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