Los ciudadanos peruanos podrán ingresar a 26 países de la Comunidad Europea sin necesidad de visado desde este martes.
El presidente de la República, Ollanta Humala, firmó el lunes en Bruselas, Bélgica, el acuerdo con la Unión Europea (UE) sobre la eliminación de la visa Schengen.
Esto significa que los peruanos podrán viajar, a partir de este 15 de marzo, a 26 países de Europa sin visa, para actividades como turismo, visitas familiares, realizar estudios de corta duración, asistir a eventos culturales, ferias, seminarios, visitas de negocios o realizar negocios.
¿Pero qué necesito para viajar?
Los peruanos pueden viajar a los 26 países que forman parte de espacio Schengen, tanto con el pasaporte biométrico o el pasaporte mecanizado, siempre que esté vigente y haya sido emitido antes del 7 de julio próximo.
El embajador Carlos Polo Castañeda, jefe de la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares, comentó que cuatro consulados generales empezarán a emitir los pasaportes biométricos desde junio del presente año y a partir del siguiente mes se entregarán en 111 oficinas consulares y 20 puntos a escala nacional.
Sin visa de la EU | Sin visa, pero no de la UE | Con visa |
Francia | Islandia | Gran Bretaña |
Alemania | Liechtenstein | Irlanda |
Bélgica | Noruega | |
Italia | Suiza | |
Luxemburgo | ||
Países Bajos | ||
Dinamarca | ||
Grecia | ||
España | ||
Portugal | ||
Finlandia | ||
Austria | ||
Suecia | ||
Eslovenia | ||
Eslovaquia | ||
Estonia | ||
Hungría | ||
Letonia | ||
Lituania | ||
Malta | ||
Polonia | ||
República Checa | ||
Bulgaria | ||
Chipre | ||
Croacia | ||
Rumania |
¿Cuál es la documentación?
1. Pasaporte biométrico o el mecanizado, siempre y cuando esté vigente.
2. Pasaporte o documento de viaje debe haber sido expedido como máximo 10 años antes a la fecha prevista del viaje. No se aceptan los pasaportes o documentos de viaje renovados cuya primera expedición tuvo lugar hace más de 10 años.
3. Pasaporte o documento de viaje debe tener al menos dos páginas en blanco.
4. Pasaportes o documentos de viaje visiblemente deteriorados, dañados total o parcialmente, con alguna de sus hojas desprendidas o rasgadas o que no tengan banda de lectura magnética serán rechazados. Si tiene dudas al respecto, le recomendamos que renueve el pasaporte.
5. Reserva de pasaje -billete de avión- de ida y vuelta.
6. Documentos justificativos del alojamiento (reserva de hotel, contrato de alquiler, carta de invitación expedida por una Comisaría de Policía en España en caso de ser invitado por un particular residente). En caso de tours organizados, la reserva debe haber sido gestionada a través de una agencia de viajes acreditadas por la IATA (Asociación Internacional de Transporte Aéreo).
7. Documentos que justifiquen la disponibilidad de recursos económicos propios (si el solicitante es dependiente económicamente, la documentación será la de los padres, cónyuge o hijos).
8. Seguro médico de viaje que cubra, durante el periodo previsto de estancia en el Espacio Schengen, los gastos que pueda ocasionar su repatriación por motivos médicos o por defunción, la asistencia médica de urgencia o la atención hospitalaria de urgencia, válido en todo el territorio de los Estados Schengen y con una cobertura mínima de 30.000 euros.
Pasaporte Biométrico
Requisitos Generales |
Exhibir pago en el Banco de la Nación por derecho del trámite. Este es el 2.49% de la UIT (98.355 soles) |
Exhibir DNI del beneficiario en buen estado, vigente (último emitido), sin restricciones en Onpe ni Reniec. |
Si se tramita el pasaporte para un menor de edad también se necesitará: |
Exhibir el DNI del padre o madre peruano, en buen estado, vigente (último emitido), sin restricciones en Onpe ni Reniec. |
En caso de padre o madre extranjero, exhibir el pasaporte o documento análogo con entrada legal al país o Carné de Extranjería. |
Si se tramita el pasaporte para un menor de edad por parte de un apoderado también se necesitará: |
Exhibir el DNI del apoderado, en buen estado, vigente (último emitido), sin restricciones en Onpe ni Reniec. |
En caso de apoderado extranjero, exhibir el pasaporte o documento análogo con entrada legal al país o Carné de Extranjería. |
Carta Poder firmada con firma legalizada por el Consulado Peruano y certificada por el Ministerio de Relaciones Exteriores o apostillada o con firma legalizada ante notario peruano, según corresponda. |
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