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Autorizan viaje de canciller a Estados Unidos para reunión de trabajo con representantes de la CIDH

Elmer Schialer, en una conferencia de prensa.
Elmer Schialer, en una conferencia de prensa. | Fuente: PCM

El ministro de Relaciones Exteriores, Elmer Schialer, se reunirá con representantes de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), como parte del seguimiento de las recomendaciones del Informe 'Situación de Derechos Humanos en Perú en el contexto de las protestas sociales'.

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El Poder Ejecutivo autorizó el viaje del ministro de Relaciones Exteriores, Elmer Schialer, a la ciudad de Washington, Estados Unidos, con la finalidad de participar en una reunión de trabajo con representantes de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), la cual tendrá lugar el 10 de febrero de 2025, como parte del seguimiento de las recomendaciones del Informe “Situación de Derechos Humanos en Perú en el contexto de las protestas sociales”.

Dicha autorización se oficializa a través de la Resolución Suprema N.º 020-2025-PCM, publicada en el boletín extraordinario de Normas Legales del diario oficial El Peruano.

"Que, dicha reunión representa una oportunidad para reafirmar el compromiso del Estado peruano con los derechos humanos, así como para dar a conocer los esfuerzos que se vienen desarrollando para avanzar en la implementación de las citadas recomendaciones", se lee en el texto.

Según el dispositivo, la autorización del viaje del canciller Schialer a Estados Unidos será del 9 al 12 de febrero de 2025.

Además, se indica que, en la referida ciudad, el 11 de febrero, el ministro de Relaciones Exteriores sostendrá reuniones de trabajo con diversos funcionarios del Gobierno de los Estados Unidos, con el objetivo de desarrollar nuevas oportunidades en áreas de interés común y reforzar la relación bilateral entre ambos países americanos.

Asimismo, se encarga el despacho de Relaciones Exteriores a Úrsula Desilú León Chempén, ministra de Comercio Exterior y Turismo, en tanto dure su ausencia. 

Refiere, además, que la presente resolución suprema "no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos o pago de derechos aduaneros, de ninguna clase o denominación".

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