El Decreto de Urgencia Nº 048-2020 contempla medidas extraordinarias con la finalidad de contratar bienes y servicios necesarios para los peruanos que retornan a su domicilios y que no lo pudieron hacer por la declaración del estado de emergencia.
El Gobierno autorizó al Ministerio del Ambiente, de manera excepcional, a efectuar la contratación del alojamiento temporal y la alimentación diaria de las personas que se encuentran en tránsito por Lima Metropolitana y buscan regresar a sus regiones durante la cuarentena por la COVID-19.
A través del Decreto de Urgencia Nº 048-2020, publicado este lunes en el boletín de normas de El Peruano, se aprueban medidas extraordinarias, en materia económica y financiera, con la finalidad de contratar bienes y servicios necesarios para los peruanos que retornan a su domicilios habituales y que no lo pudieron hacer anteriormente por la declaración del estado de emergencia.
La norma precisa que el alojamiento temporal en cuarentena será por 14 días y hasta su retorno, por un máximo de tres días adicionales, así como la alimentación completa diaria y otros servicios complementarios. Estas contrataciones podrán ser realizadas hasta por un plazo máximo de sesenta días calendario.
Condiciones para el alojamiento temporal
Para la ejecución del Decreto de Urgencia Nº 048-2020 también se autorizó una transferencia, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, a favor del Ministerio del Ambiente hasta por la suma de S/ 7 500 000,00.
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