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Mininter publicó norma para el uso de lunas polarizadas en vehículos

Los vehículos deberán pasar una revisión en la sección de peritaje de la Dirección de Tránsito, Transporte y Seguridad Vial de la Policía Nacional del Perú o a sus sedes desconcertadas a escala nacional.
Los vehículos deberán pasar una revisión en la sección de peritaje de la Dirección de Tránsito, Transporte y Seguridad Vial de la Policía Nacional del Perú o a sus sedes desconcertadas a escala nacional. | Fuente: Andina

El Decreto Supremo fue publiado en el diario oficial El Peruano y precisa que la autorización es emitida por el Ministerio del Interior a través de la Policía Nacional. En esta nota podrás encontrar todos los requisitos para conseguir el permiso.

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El Ministerio del Interior publicó este sábado, en el diario oficial El Peruano, las disposiciones y requisitos para la autorización de uso total o parcial de lunas y vidrios oscurecidos o polarizados en vehículos de transporte terrestre.

Según precisa el Decreto Supremo 004-2019-IN, la autorización para el uso de vidrios oscurecidos o polarizados corresponde a las lunas y vidrios laterales, la misma que es emitida por el Ministerio del Interior, mediante la Policía Nacional.

Agregaron que esta autorización tiene una vigencia indeterminada y en caso el vehículo, para la cual se tramitó, cambie de propietario, será necesario que se solicite nuevamente el permiso.

Requisitos

Quienes estén interesados en instalar lunas polarizadas a sus vehículos deberán presentar una declaración jurada que consigne fecha y número de recibo de pago por derecho de trámite, Documento Nacional de Identidad (DNI) o Carné de Extranjería.

Las personas que tengan antecedentes policiales, penales y judiciales, denuncias por accidentes de tránsito, contra el patrimonio, terrorismo, tráfico ilícito de drogas, contra la libertad y contra la seguridad pública, no podrán acceder a este permiso.

Para obtener la autorización, los vehículos deben pasar por la sección de peritaje de la Dirección de Tránsito, Transporte y Seguridad Vial de la Policía Nacional del Perú o a sus sedes desconcertadas a escala nacional para el respectivo peritaje de identificación vehicular y de constatación de transparencia lumínica.

La presente norma está refrendada por el Presidente de la República, Martín Vizcarra, y los ministros del Interior, Carlos Morán; y de Transportes y Comunicaciones, Edmer Trujillo. Andina

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