El Decreto Supremo fue publiado en el diario oficial El Peruano y precisa que la autorización es emitida por el Ministerio del Interior a través de la Policía Nacional. En esta nota podrás encontrar todos los requisitos para conseguir el permiso.
El Ministerio del Interior publicó este sábado, en el diario oficial El Peruano, las disposiciones y requisitos para la autorización de uso total o parcial de lunas y vidrios oscurecidos o polarizados en vehículos de transporte terrestre.
Según precisa el Decreto Supremo 004-2019-IN, la autorización para el uso de vidrios oscurecidos o polarizados corresponde a las lunas y vidrios laterales, la misma que es emitida por el Ministerio del Interior, mediante la Policía Nacional.
Agregaron que esta autorización tiene una vigencia indeterminada y en caso el vehículo, para la cual se tramitó, cambie de propietario, será necesario que se solicite nuevamente el permiso.
Requisitos
Quienes estén interesados en instalar lunas polarizadas a sus vehículos deberán presentar una declaración jurada que consigne fecha y número de recibo de pago por derecho de trámite, Documento Nacional de Identidad (DNI) o Carné de Extranjería.
Las personas que tengan antecedentes policiales, penales y judiciales, denuncias por accidentes de tránsito, contra el patrimonio, terrorismo, tráfico ilícito de drogas, contra la libertad y contra la seguridad pública, no podrán acceder a este permiso.
Para obtener la autorización, los vehículos deben pasar por la sección de peritaje de la Dirección de Tránsito, Transporte y Seguridad Vial de la Policía Nacional del Perú o a sus sedes desconcertadas a escala nacional para el respectivo peritaje de identificación vehicular y de constatación de transparencia lumínica.
La presente norma está refrendada por el Presidente de la República, Martín Vizcarra, y los ministros del Interior, Carlos Morán; y de Transportes y Comunicaciones, Edmer Trujillo. Andina
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