Durante una entrevista, el presidente del Consejo por la Paz, Francisco Diez Canseco, comentó sobre los recientes casos de violencia sexual hacia niños y niñas en el país, y, en ese marco, dijo que debería aplicarse la pena de muerte para quienes abusen sexualmente de menores de edad. Para sustentar su posición, dio el siguiente dato: “El 30% de los que salen de las cárceles por estos motivos, [violación sexual de menores de edad] vuelve a delinquir”. Tras revisar las cifras oficiales, OjoPúblico concluye que esta afirmación no es verificable.
Francisco Diez Canseco, presidente del Consejo por la Paz
Contexto: Entrevista en RPP Noticias
Fecha de la declaración: 19 de diciembre del 2019
Fuente: https://www.youtube.com/watch?v=J9-U_7d8DLU
[11:22 - 11:28]
NO VERIFICABLE
Durante una entrevista, el presidente del Consejo por la Paz, Francisco Diez Canseco, comentó sobre los recientes casos de violencia sexual hacia niños y niñas en el país, y, en ese marco, dijo que debería aplicarse la pena de muerte para quienes abusen sexualmente de menores de edad. Para sustentar su posición, dio el siguiente dato: “El 30% de los que salen de las cárceles por estos motivos, [violación sexual de menores de edad] vuelve a delinquir”. Tras revisar las cifras oficiales, OjoPúblico concluye que esta afirmación no es verificable.
A una consulta para este chequeo, Francisco Diez Canseco precisó a OjoPúblico que basó su afirmación en cifras del Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), que fueron citadas en un ensayo del 2018, escrito por un estudiante de Derecho, sobre la efectividad del aumento de las penas privativas de la libertad hacia los sentenciados por delitos de violación sexual. Sin embargo, admitió que esta publicación hacía referencia hacia el porcentaje de reincidencia de los reclusos a nivel general, sin distinción por tipo de delitos.
En efecto, según la publicación a la que Diez Canseco hizo referencia, el 30% de reclusos vuelve a delinquir, y se señala como fuente el INEI. Sin embargo, el texto no precisa el indicador revisado del que toma esa cifra ni el nombre del documento original del que la extrajo.
Respecto a su afirmación, Francisco Diez Canseco reconoció que estaba extrapolando la cifra general sobre reincidencia recogida en dicho ensayo como si se tratara de una referencia específica a la reincidencia de sentenciados por violación sexual a menores de edad. El presidente del Consejo de Paz argumentó que su afirmación se deducía de los indicadores, pero no aportó ningún informe o estudio que pueda sustentarla.
Según pudo revisar OjoPúblico, el último estudio sobre población penitenciaria que realizó el INEI fue el “Primer Censo Nacional Penitenciario 2016. Perfil de la población penal”, en el cual tampoco se pudieron hallar cifras en estricto sobre reincidencia de reclusos.
El documento contenía información como el porcentaje de presos que hasta el 2016 tenía más de una sentencia, que por entonces se situaba en 39.5%, frente al porcentaje de los que solo tenían una sentencia a pena efectiva, correspondiente al 60.5%.
La información proporcionada en ese estudio según tipo de delitos da cuenta de que, hasta el 2016, el 27% de los internos que estaban recluidos por el delito de violación sexual a menores habían recibido más de una sentencia. Cabe resaltar que estas sentencias no necesariamente correspondían a delitos de violencia sexual, y pudieron haberse dado antes de que los reclusos estén privados de su libertad, o durante su periodo en prisión. Estas cifras no evalúan lo que ocurre luego de su liberación, ni su comportamiento o reincidencia respecto a un mismo delito.
Ahora bien, la información disponible del Instituto Nacional Penitenciario del Perú (INPE), actualizada hasta diciembre del 2019, tampoco da cuenta del número de reclusos que reincidieron ni por qué delitos. Hasta esa fecha, se contabilizó un total de 95.548 reclusos intramuros, de los cuales el 9.9% estaba privado de su libertad por violación sexual a menores de edad.
Sobre este grupo de sentenciados, el INPE indica que el 13% (9.454) ha ingresado a algún centro penitenciario dos veces o más. Sin embargo, el INPE precisó a OjoPúblico que un ingreso no es sinónimo de un nuevo proceso o de reincidencia en un tipo específico de delito.
[https://www.inpe.gob.pe/normatividad/documentos/4295-informe-estadistico-diciembre-2019/file.html]
El INPE, a través de una comunicación de su oficina de prensa, explicó que hay diversas formas de leer los constantes reingresos, pues puede deberse a personas que ingresaron a un penal debido a una prisión preventiva, egresan por exceso de carcelería y luego reingresan a un centro penitenciario por el mismo delito al ser sentenciados. Todo en un mismo proceso penal. A la fecha, el INPE solo cuenta con el número de ingresos, pero no de reincidencias.
Para esta verificación también solicitamos información al Registro Único de Víctimas y Personas Agresoras (RUVA), el cual reúne datos de los casos de violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar.
[https://observatorioviolencia.pe/reglamento-ruva/]
El registro, habilitado en 2018, tiene como fuentes a la Policía Nacional del Perú, el Ministerio Público, el Poder Judicial, y los Centros de Emergencia Mujer. Sin embargo, al consultar sobre cifras de reincidencia en agresores sexuales de menores de edad, la secretaria técnica del RUVA, Zenaida Franco, explicó que este instrumento aún no cuenta con información a nivel nacional, y los datos ya sistematizados solo son parciales, respecto a Lima Este.
Otro estudio, titulado ‘Agresores Sexuales. Antecedentes y trayectorias sexuales de adultos mayores recluidos por delitos sexuales’ (elaborado por el Ministerio de Justicia y publicado en abril del 2018), también evidenció la problemática de estimar el nivel de reincidencia de los sentenciados por violación sexual, y otros delitos contra la libertad sexual.
Según el documento, el 14% de los internos por delitos contra la libertad sexual sería reincidente. Este dato fue calculado con base en el número de ingresos que tienen los reclusos sentenciados por delitos contra la libertad sexual. Sin embargo, en otro apartado, el propio informe indica que no se puede asegurar que todos los ingresos de los sentenciados por violencia sexual se deban a este tipo de delitos.
“Otro aspecto relevante sobre los agresores sexuales es la cantidad de veces que reingresan a un establecimiento penitenciario: hay algunos que registran hasta 14 reingresos (ver tabla 7). Sin embargo, por el tipo de registro de información que se tiene, no se puede saber si, en todos los casos, estas se debieron a algún delito contra la libertad sexual o no”, indica de manera textual el informe.
De modo que ningún estudio o reporte oficial ofrece información concluyente sobre el porcentaje de personas que ingresa a prisión más de una vez por casos de violación sexual de menores.
En función a lo expuesto, OjoPúblico concluye que la afirmación de Francisco Diez Canseco, presidente del Consejo por la Paz, acerca de que el 30% de los reclusos que salen de las cárceles por delitos de violación sexual hacia menores de edad vuelven a delinquir, no es verificable.
Comparte esta noticia