El pedido del fiscal José Domingo Pérez Gómez fue autorizado por un juez como parte de la investigación preparatoria seguida al exministro aprista Luis Nava y otros por el caso del Metro de Lima vinculado a Odebrecht.
El fiscal José Domingo Pérez Gómez realizó este jueves 15 de agosto la diligencia de apertura y extracción de información almacenada en dos 2 teléfonos celulares que fueron incautados por la Fiscalía en la vivienda del expresidente Alan García ubicada en el distrito limeño de Miraflores tras la muerte del exmandatario el 17 de abril del 2019.
La información fue dada a conocer a través de sus redes sociales por el doctor Erasmo Reyna, abogado de la Familia del exmandatario, quien indicó que durante esta diligencia el fiscal Pérez Gómez no obtuvo información vinculada a actos de corrupción, menos sobre el caso Odebrecht.
“Exijo al Fiscal Pérez devuelva celulares de Alan García. En diligencia de hoy, información obtenida de celulares nada vinculado a actos de corrupción menos a Odebrecht. Solo información personal, cuya divulgación será de su responsabilidad y procederemos conforme a Ley” escribió el doctor Erasmo Reyna en sus redes sociales.
El último 11 de marzo el juez Leodan Cristóbal Ayala declaró fundada la solicitud que presentó el fiscal Pérez Gómez para que se autorice levantar el secreto de las comunicaciones de estos 2 teléfonos celulares del expresidente Alan García, medida que fue confirmada el último 24 de mayo por la Tercera Sala Penal de Apelaciones Nacional.
Autorización judicial
El juez Cristóbal Ayala autorizó judicialmente la ejecución de esta medida sobre estos equipos incautados como parte de la investigación preparatoria seguida al exministro aprista Luis Nava y otros por el caso del Metro de Lima vinculado a Odebrecht en la cual estuvo comprendido el exmandatario, pero fue excluido del caso a raíz de su fallecimiento.
Esta diligencia no se pudo llevar a cabo el último viernes 14 de junio debido a “problemas técnicos” según informó el fiscal José Domingo Pérez Gómez ese día a los medios de comunicación.
El magistrado autorizó la apertura, extracción, recuperación, lectura, examen, análisis, acceso, visualización y almacenamiento de correos electrónicos y demás comunicaciones o correspondencia informática enviadas, recibidas almacenadas, borradas de cualquier modalidad del contenido de los dispositivos de almacenamiento.
El juez Leodan Cristóbal Ayala estableció la prohibición de cualquier tipo de extracción, recuperación, lectura, examen, análisis, acceso, visualización, registro y almacenamiento de información y otra similar ajena a la esta investigación formalizada y determinó además que una vez ejecutada está medida la autoridad fiscal deberá dar cuenta de su ejecución a su juzgado para los fines de ley.
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