El fiscal José Domingo Pérez Gómez denunció, en diciembre de 2019, que el magistrado Carlos Ramos reveló la identidad de un aspirante a colaborador eficaz. Al respecto, la titular del Ministerio Público, Zoraida Ávalos, consideró que no había mérito para iniciar una investigación preliminar contra el integrante del Tribunal Constitucional, pues dicha información era pública.
La Fiscal de la Nación, Zoraida Ávalos, archivó la denuncia presentada por el fiscal José Domingo Pérez Gómez, contra el juez del Tribunal Constitucional, Carlos Ramos, por presuntamente haber revelado la identidad de un aspirante a colaborador eficaz vinculado a la investigación contra la lideresa de Fuerza Popular, Keiko Fujimori, por el caso Odebrecht.
Mediante una resolución a la que tuvo acceso RPP Noticias, la titular del Ministerio Público consideró que no había mérito para promover la investigación preliminar contra Ramos Núñez por “revelación indebida de identidad en agravio del Estado”, por lo que se debía archivar la carpeta fiscal.
El fiscal Pérez Gómez presentó una denuncia contra el magistrado Ramos en diciembre de 2019, debido a que el miembro del Tribunal Constitucional consignó en su voto de la sentencia de habeas corpus a favor de la excarcelación de Keiko Fujimori, la identidad del aspirante a colaborador eficaz.
Pese a esto, la fiscal de la Nación determinó que en el actuar del magistrado Carlos Ramos, no se encontraron elementos que confirmen un acto delictivo.
Según indicó, en los documentos presentados por el procurador del Poder Judicial como parte de sus argumentos para hacer frente al recurso presentado a favor de la lideresa de Fuerza Popular, se mencionó la situación legal del aspirante a colaborador eficaz, por lo que la información ya estaba consignada en el expediente de caso.
Ávalos también sostuvo que la identidad de este colaborador eficaz había sido revelada, a través de los medios de comunicación.
Además, la fiscal de la Nación dispuso que se remitan copias certificadas a la Fiscalía Provincial Penal de turno para que proceda según sus atribuciones respecto a si la información presentada por el procurador del Poder Judicial fue o no una revelación indebida de identidad.
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