El juez Raúl Justiniano consideró que correspondía variar la medida de comparecencia simple para Lilia Paredes y no solicitar directamente una prisión preventiva, tal como lo hizo la Fiscalía.
El Octavo Juzgado de Investigación Preparatoria de Corte Superior Nacional del Poder Judicial rechazó el pedido de 36 meses de prisión preventiva contra la ex primera dama Lilia Paredes y sus hermanos Walter y David Paredes por el presunto delito de organización criminal. El juez Raúl Justiniano consideró que el Ministerio Público debía solicitar la variación de la comparecencia simple que pesaba contra los implicados y no la medida cautelar establecida en su petición.
"Lo que correspondería es la variación de la medida de comparecencia simple y no haber formulado directamente el requerimiento de prisión preventiva, por lo que corresponde rechazar el pedido del Ministerio Público y amparar la nulidad fomulada por los abogados defensores", señaló el magistrado.
"Debe dejarse constancia que la presente resolución no es un límite o un obstáculo para el Ministerio Público para que pueda proceder de acuerdo a sus atribuciones a formular los requerimientos que crea conveniente en el modo y forma que establece la norma", agregó.
Posteriormente, el fiscal encargado del caso apeló la resolución del juez y precisó que sustentará su requerimiento de acuerdo a los plazos establecidos por la ley: "Interponemos recurso de apelación. Vamos a fundamentarlo en el plazo correspondiente".
Lilia Paredes permanece aislada en México
A la fecha, la ex primera dama Lilia Paredes se mantiene aislada en México. Es más, el propio Gobierno de dicho país declaró como "reservado" por un período de cinco años el experiente sobre el caso, por lo que no se podría conocer cualquier información y detalle relacionado al trámite de este beneficio.
“Sobre el particular, esta Subsecretaria estima que proporcionar la información requerida por el solicitante podría menoscabar las relaciones internacionales de México y la República de Perú, además de contravenir las garantías de protección que otorga el derecho internacional a la información relacionada con los solicitantes del reconocimiento de la condición de asilo”, se puede leer en el documento mostrado por el dominical Punto Final.
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