La Procuraduría del caso Lava Jato explicó que una cláusula del acuerdo establece que se podrán utilizar las declaraciones de Jorge Barata y de otros exdirectivos de Odebrecht en esos procesos.
El procurador ad hoc Jorge Ramírez y su adjunta Silvana Carrión dejaron abierta la posibilidad de utilizar las declaraciones de los colaboradores eficaces contra la empresa Odebrecht si esta no desiste de los arbitrajes con los que solicitó resarcimientos económicos.
Esto podría aplicarse en los casos Costa Verde tramo Callao, Vía Evitamiento del Cusco, Interoceánica Sur (tramos 2 y 3) y en la Línea 1 del Metro de Lima, que se encuentran dentro del recientemente homologado Acuerdo de Colaboración.
La Procuraduría da cuenta de que una cláusula del acuerdo establece que se podrán utilizar las declaraciones de Jorge Barata y de otros exdirectivos de Odebrecht en esos procesos de arbitraje para favorecer al Estado peruano, según informa el diario Correo.
La procuradora adjunta Silvana Carrión señaló que el acuerdo establece pautas para que las procuradurías del Cusco, Callao, Provías y del Ministerio de Transportes, que litigan los arbitrajes en estos proyectos, puedan llegar a un acuerdo con Odebrecht.
"Lo que contiene el acuerdo es un marco para que estas procuradurías puedan llegar a un acuerdo con la empresa para que desista de estos arbitrajes. En caso esto no sucediera, se ha quedado con la empresa en que las pruebas del acuerdo puedan ser usados contra la empresa", explicó en Canal N.
Las pautas del acuerdo con Odebrecht
El acuerdo de colaboración eficaz suscrito entre la empresa brasileña Odebrecht y los representantes del Equipo Especial y la Procuraduría ad hoc del caso Lava Jato, que recientemente fue homologado por el Poder Judicial, podrá ser revocado si la parte imputada no cumple con las condiciones impuestas por la justicia nacional.
Esta medida se desprende de la resolución del acuerdo, a la que accedió el diario El Comercio, y que da cuenta de que los colaboradores no podrán cometer delitos dolosos en un plazo de 10 años luego de que se les otorgue el beneficio, entre otras condiciones.
“(Son) obligaciones de los colaboradores eficaces los descritos en el considerando 131 y 138 de la presente sentencia, además de los siguientes que por mandato normativo corresponde sean impuestas: No cometer nuevo delito doloso dentro de los diez años siguientes de habérsele otorgado el beneficio, informar de todo cambio de residencia al Ministerio Público, de ejercer oficio, profesión u ocupación estos sean lícitos”.
Comparte esta noticia