Buscar
RPP Noticias
Estás escuchando En vivo
 
00:00 / 00:00
Lima
89.7 FM /730 AM
Arequipa
102.3 FM / 1170 AM
Chiclayo
96.7 FM / 870 AM
Huancayo
97.3 FM / 1140 AM
Trujillo
90.9 FM / 790 AM
Piura
103.3 FM / 920 AM
Cusco
93.3 FM
Cajamarca
100.7 FM / 1130 AM
La información más relevante de la actualidad al momento
Actualizado hace 0 minutos
Entrevistas ADN
Estados Unidos mantendrá TLC pese a ola proteccionista, dice Brian Nichols
EP 1749 • 12:17
El Club de la Green Card
¿Quiénes pueden recibir la pensión de un familiar fallecido en EE.UU.?
EP 124 • 01:30
RPP Data
¿Qué hacer para que Lima Metropolitana no siga creciendo de forma desordenada?
EP 237 • 02:58

PJ autorizó levantar secreto de las comunicaciones de 2 teléfonos incautados en vivienda de Alan García

El exmandatario murió el 17 de abril de 2019.
El exmandatario murió el 17 de abril de 2019. | Fuente: Andina

El Poder Judicial declaró fundado el pedido del fiscal José Domingo Pérez Gómez para que se autorice judicialmente esta medida sobre los equipos incautados en la vivienda de Alan García el 17 de abril de 2019, como parte de la investigación preparatoria que se sigue contra el exministro aprista Luis Nava y otros por el caso Metro de Lima.

Todas las noticias en tu celular
¡Únete aquí a nuestro canal de WhatsApp!

El Poder Judicial autorizó levantar el secreto de las comunicaciones de dos teléfonos celulares que fueron incautados por el Ministerio Público en la vivienda del expresidente Alan García ubicada en el distrito limeño de Miraflores tras la muerte del exmandatario el 17 de abril de 2019.

El juez Leodan Cristobal Ayala declaró fundado el requerimiento realizado por el despacho del fiscal José Domingo Pérez Gómez para que se autorice judicialmente la ejecución de esta medida sobre estos equipos incautados como parte de la investigación preparatoria seguida al exministro aprista Luis Nava y otros por el caso Metro de Lima vinculado a Odebrecht.

Respecto de estos equipos, el magistrado autorizó la apertura, extracción, recuperación, lectura, examen, análisis acceso, visualización y almacenamiento de correos electrónicos y demás comunicaciones o correspondencia informática enviadas, recibidas almacenadas, borradas de cualquier modalidad del contenido de los dispositivos de almacenamiento.

Asimismo, estableció la prohibición de cualquier tipo de extracción, recuperación, lectura, examen, análisis, acceso, visualización, registro y almacenamiento de información y otra similar ajena a la investigación formalizada y determinó también que, una vez ejecutada esta medida, la autoridad fiscal deberá dar cuenta de su ejecución a su juzgado para los fines de ley.

Razones para ejecutar la medida

Mediante una resolución emitida el último 11 de marzo, a la que tuvo acceso RPP, el magistrado precisó que la medida decretada por su despacho es idónea, necesaria y proporcional, al precisar que, si bien el expresidente Alan García fue excluido de esta investigación tras su muerte, con la solicitud presentada, el ente fiscal no busca información penal respecto de la persona fallecida, menos de sus herederos, sino sobre los otros investigados con los que el exmandatario tuvo comunicación en vida con el uso de los equipos incautados “por lo que resulta legítima la solicitud respecto a la intervención de equipos de la persona fallecida”.  

“Los equipos celulares incautados podrían contener elementos de convicción que coadyuven a esclarecer hechos máxime si se investiga presuntos hechos de lavado de activos a través de empresas off shore vinculadas a la empresa Odebrecht y a Faresh Miguel Ayala Herrera”, señaló.

El juez Leodan Cristobal Ayala remarcó que, si bien esta incautación fue realizada por la Fiscalía Provincial de Miraflores, esta instancia dejó expresa constancia de que dichos equipos se encontraban a disposición del Equipo Especial de la Fiscalía para los casos Odebrecht y Lava Jato.

Postura de herederos de Alan García

Previo a esta decisión, la defensa legal de los herederos del exmandatario solicitó que se declarara improcedente este requerimiento fiscal por ser contrario al marco normativo y contener un pedido jurídicamente imposible, pues de manera encubierta se estaría buscando levantar el secreto de las comunicaciones de una persona fallecida, a quien ya se declaró extinguida en la acción penal.

Se argumentó que los herederos del exmandatario no son parte de este proceso, no existen suficientes elementos de convicción que vinculen de manera concreta al exjefe de Estado para seguir considerando que sus equipos telefónicos pudieran servir para descubrir esa suerte de liderazgo de una organización criminal y que el fiscal no estableció de manera concreta a qué hechos o qué actos o situaciones podrían servir esas comunicaciones, “por el contrario, lo que se quiere pedir es toda la información como una suerte de pesca para ver qué encuentra”.

Te recomendamos

Julio Cisneros

Julio Cisneros Periodista

Licenciado en Ciencias de la Comunicación en la Universidad San Martín de Porres en la especialidad de Periodismo Radial. Especialista en temas judiciales y política. Apasionado por la historia , la literatura y el cine. Amante de la música, en especial los géneros new wave y synth pop.

Tags

Lo último en Judiciales

Lo más leído

Suscribirte al boletín de tus noticias preferidas

Suscríbete a nuestros boletines y actualiza tus preferencias

Buzon
Al suscribirte, aceptas nuestras políticas de privacidad

Contenido promocionado

Taboola
SIGUIENTE NOTA