A fines de enero del 2020 se publicó una noticia alentadora para las MYPE de nuestro país: el Decreto de Urgencia 013-2020, que promueve el financiamiento de las operaciones de la Mipyme (micro, pequeñas y medianas empresa), emprendimientos y startups.
El enorme peso de las MYPE en el Perú está fuera de discusión: más del 99 % de los dos millones de empresas formales en el Perú, aproximadamente, son MYPE; y cerca del 24 % del PBI es generado por ellas, lo que representa el 85 % del empleo formal.
Por ello, existen diferentes instituciones públicas y privadas que ofrecen mecanismos de apoyo para las MYPE, aunque, en muchos casos, con escasa coordinación entre ellas. A manera de ejemplo destacan Produce (compras MYPErú, el desarrollo de proveedores, el apoyo a clusters, herramientas financieras, Innóvate, etc.), el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (Jóvenes Productivos, Remype, formalización, autoempleo, entre otros), el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Programa de Apoyo a la Internacionalización-PAI, Exporta Fácil, etc.) y Sunat (como MYPE Tributario).
Limitantes de la MYPE
A pesar de su relevancia, las MYPE encaran enormes desafíos, como la informalidad (aplica al 70 % de ellas) y la mortandad temprana (41 % se desactiva antes del primer año de existencia).
Asimismo, tienen limitaciones que condicionan su desarrollo en el acceso al mercado (local y externo), no existe una capacitación y asistencia técnica a la medida ni posibilidades de asociatividad (subcontratación, consorcios, etc.), así como alternativas razonables de financiamiento, donde el DU 013-2020 hoy apunta, principalmente, a contribuir.
Sobre el Decreto de Urgencia
Con el objetivo de mejorar la competitividad y la productividad de las MYPE, a través del acceso al financiamiento en mejores condiciones que las actuales, se aprobó y publicó el DU 013-2020, que contempla importantes mecanismos de apoyo, como:
- Fideicomiso del Estado para servicios financieros (Crecer): S/ 1 080 millones para capital de trabajo y renovación de maquinaria y equipo. Este fondo se podrá canalizar a través de nuevos operadores financieros, como las empresas de factoring.
- Fondo de capital de emprendimientos innovadores: S/ 70 millones.
- Fideicomiso del Estado para servicios no financieros (fondo Mipyme para startups), con un aporte adicional de S/ 120 millones.
Estas iniciativas, además, contemplan ocho medidas específicas:
- Agilización y promoción del factoring.
- Promoción de órdenes de compra emitidas por entidades del Estado.
- Impulso al arrendamiento financiero.
- Supervisión del financiamiento participativo financiero.
- Impulso al financiamiento de capital para emprendimientos dinámicos y de alto impacto (startups).
- Fortalecimiento de servicios tecnológicos para Mipymes.
- Ampliación de operadores del fondo Mipyme Emprendedor y Fondo Crecer.
- Modificación del Impuesto a la Renta para empresas de factoring no reguladas (solo registradas en la SBS), que otorgan liquidez a las Mipymes.
¿Qué impacto debemos esperar de estas medidas?
La ampliación de los operadores en el sistema financiero debe estimular la competencia sana, lo que debe traducirse en mayor acceso a financiamiento, tasas de interés más accesibles para las MYPE y servicios cada vez mejor en favor de las empresas.
De esta manera, corresponde un agresivo esfuerzo de difusión, capacitación y asistencia para las MYPE, así como un mayor trabajo de articulación interinstitucional que, como se ha evidenciado en la iniciativa de este DU, es la forma de lograr mejores resultados.
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