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¿El brazo jurídico de Odebrecht?

El caso de los árbitros de Odebrecht nos deja grandes lecciones sobre el rol imparcial que debe cumplir el Estado y los peligros de una justicia que existe como un servicio particular.

Debemos considerar dos fases de alguna investigación del ámbito jurídico. En un primer momento tenemos la indagación preliminar, en donde se plantean las bases de la línea que alguna acusación pudiera seguir. Un paso más allá supone formalizar la continuación de la investigación, lo que nos aproxima, con mayor contenido de evidencias, a la resolución de la justicia.

En esta misma línea, el fiscal G. Juárez Atoche ha presentado formalmente, como consecuencia de sus investigaciones, el pedido de 36 meses de prisión preventiva para 16 de 20 individuos implicados en casos de arbitrajes que favorecieron a Odebrecht ¿A quiénes nos referimos? No serían otros que aquellos que, según la hipótesis del Ministerio Público, vinculaban la agenda de intereses de la empresa corrupta y el despliegue de una interpretación –demasiado flexible– de la ley para su aplicación en un país cuya institucionalidad brilla por lo deficiente. Según la Fiscalía estaríamos hablando de un brazo jurídico de la empresa brasileña que articulaba sus quehaceres en detrimento del bienestar común.

Barata señala haber otorgado dinero a H. Cánepa a cambio del favorecimiento en arbitrajes. Tanto a Cánepa, como a otros tres, (incluidos en los 20 investigados), se les pide una comparecencia restringida, es decir; no se pide encarcelarlos, pero se les requiere acudir a toda citación judicial. Por otro lado, entre los 16 individuos a los que se les formaliza el pedido de prisión preventiva, resalta el papel del abogado de Jaime Yoshiyama, involucrado como parte de la cúpula de Fuerza Popular y a quien se le allanó una libreta con el elocuente apunte que rezaba: “buscar Juez, 5 Ab”.

| Fuente: Andina

Abanto, quien ha citado a Descartes y Berkeley en su apología del quehacer de Fuerza Popular, ha referido en una reciente entrevista que, (parafraseándole), él no se entregará a la colaboración eficaz, debido a que ello supondría que él acepte culpa. Sería muy provechoso discutir los alcances, beneficios y perjuicios de la figura de la colaboración eficaz, puesto que parece traducirse, en algunos casos, en una impunidad benefactora para el imputado, a cambio de apenas la velación de algunos indicios que no resultan concluyentes en los casos concretos. La justicia parece perder una negociación en contra de otra institución más organizada y fuerte.

El año pasado, W. Ayala, expresidente de la Comisión Ética del Colegio de Abogados de Lima presentó una denuncia que incluía a H. Cánepa por presunta conducta antiética. En el informe, que le valió su expulsión del CAL, planteó diversos casos de laudos arbitrales en los que regularmente se habría beneficiado a Odebrecht. Para Ayala era muy posible interpretar los hechos dolosamente, por lo que, señaló, que cuando menos, estaríamos ante una conducta antiética, dejando muy mal parada la praxis del CAL. Los 8 sindicados por Ayala hace un año se encuentran entre los 16 a quienes se les ha solicitado la prisión preventiva.

En una entrevista reciente, Ayala refiere que “En el CAL, lamentablemente ha habido blindaje. No solo estamos hablando de P. Chavarry, sino de muchas personas cuyos expedientes han quedado archivados”. Esto no debería sorprendernos, ya que podemos recordar cómo una asesora del referido retiró documentos de una oficina lacrada por el Ministerio Público, con absoluta impunidad.

Considerando estos hechos, deberíamos poder reflexionar acerca de la gravedad de lo que implica el ejercicio de la justicia, en las instancias de la conducta de abogados, juristas, fiscales, jueces y demás, como impacto moral en la sociedad. El pueblo otorga su libertad para hacer justicia con sus propias manos a un Estado que debería ser imparcial y funcional, precisamente para cubrir impersonalmente dicha función. Sin embargo, en la hipótesis lo que hemos visto es que, gracias a las hazañas del brazo jurídico de Odebrecht, la justicia no habría existido sino como un servicio particular.

NOTA: “Ni el Grupo RPP, ni sus directores, accionistas, representantes legales, gerentes y/o empleados serán responsables bajo ninguna circunstancia por las declaraciones, comentarios u opiniones vertidas en la presente columna, siendo el único responsable el autor de la misma.

Directora Ejecutiva de la Revista SÍLEX y profesora principal de la Escuela de Filosofía de la Universidad Antonio Ruiz de Montoya. Filósofa por la Pontificia Universidad Católica del Perú. Obtuvo maestrías en Filosofía, Sociología y Filología Románica por la Universidad de Friburgo, Alemania. Es doctora en Filosofía en la especialidad de filosofía social por la Universidad Johann Wolfgang Goethe de Frankfurt, Alemania.

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