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Marchas y contramarchas en el combate de la corrupción

Siendo el tema de la lucha contra la corrupción una de las principales preocupaciones de los peruanos, hasta la fecha, se han podido reconocer ciertas acciones positivas en esta materia, pero también graves retrocesos que favorecen la impunidad.

Hemos empezado un nuevo año 2019 arrastrando la resaca de los escándalos de corrupción que se vivió el año pasado, involucrando a ex presidentes de la República, reconocidos políticos, congresistas y ministros de Estado. Ante el clamor ciudadano de tolerancia cero ante la corrupción, el actual Gobierno ha denominado a este año como el “año de la lucha contra la corrupción y la impunidad”. Más allá del nombre, que, ciertamente, puede sonar esperanzador, merece la pena analizar brevemente algunas de las medidas estatales que se han tomado en estas últimas semanas al respecto.

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. | Fuente: Andina / Archivo

En primer lugar, cabe criticar severamente que el Congreso de la República haya aprobado, el 5 de diciembre pasado, la “Ley que incorpora en el Código Penal el delito de financiamiento de origen delictivo para las organizaciones políticas”. Esta norma definitivamente resulta contraria a la política de lucha contra el lavado de activos y la corrupción, pues pone en peligro las investigaciones que actualmente se siguen a ciertos personajes políticos (como Ollanta Humala y Keiko Fujimori). Esta norma podría generar que se otorgue un trato más benigno a los actos de lavado de activos que se producen en el seno de partidos políticos; además, de manera absurda pretende eximir de responsabilidad a estas organizaciones y a sus miembros si existe un informe favorable de un oficial de cumplimiento designado por la ONPE. Esto favorece la impunidad.

Por otro lado, resulta criticable que, hasta la fecha, no se hayan tramitado oportunamente y de forma diligente las serias denuncias constitucionales que pesan en contra del ex Fiscal de la Nación, Pedro Chávarry. Si bien ya se produjo la renuncia de este al cargo máximo del Ministerio Público, dada la insostenible situación por la que atravesaba, aún permanece como Fiscal Supremo. Esto puede llegar a afectar la imagen y el funcionamiento adecuado del Ministerio Público si se comprueba su vinculación con organizaciones criminales, por lo que urge que el Congreso asuma su rol constitucional y dé trámite prioritario a las denuncian constitucionales que pesan en contra de este fiscal. 

Otro retroceso evidente en la judicialización de graves casos de corrupción y lavado de activos lo constituye el apartamiento del juez Richard Concepción Carhuancho del caso cócteles de Fuerza Popular. Si algo había demostrado este juez, a partir de sus diversas resoluciones, es que no le temblaba la mano para dictar medidas necesarias que asegurasen el éxito de los procesos; incluso si estas medidas suponían enviar a prisión a políticos poderosos como la señora Keiko Fujimori. Lamentablemente, mediante una resolución judicial carente de una motivación suficiente y razonable, se ponen en peligro los procesos penales que venía instruyendo. No debe olvidarse que los jueces también tienen el derecho fundamental a la libertad de expresión; además, las declaraciones que el juez Richard Concepción emitió a un medio de comunicación ya estaban plasmadas en una resolución suya anterior y no guardaban relación directa con la tesis central de la fiscalía.

A pesar de estas contramarchas, hay que reconocer ciertos aspectos positivos en la política anticorrupción. Así, por un lado, hace poco se aprobó el Reglamento de la Ley 30424, la cual ha enmendado de cierto modo la barbaridad que había estipulado la mencionada Ley. La Ley quitaba funciones al Ministerio Público para investigar a empresas que cometieran actos de corrupción, pues establecía que tenía que existir un informe incriminatorio previo de la SMV. El Reglamento ha corregido esto, señalando que el informe de la SMV es facultativo, por lo que el Ministerio Público podría no pedirlo y, así, no verse vinculado por lo que pueda decir la SMV.

Del mismo modo, se ha emprendido una reforma del sistema de justicia a través de la aprobación de reformas constitucionales, así como de la declaratoria de emergencia del Ministerio Público. La instauración de una nueva Junta Nacional de Justicia, sin lugar a duda, es un primer paso para fortalecer los órganos del sistema persecutorio de la corrupción, así como también la reconfiguración de la estructura y funcionamiento de la Junta de Fiscales Supremos del Ministerio Público. No obstante, para que estos esfuerzos tengan un impacto práctico verdadero y significativo, habrá que estar atentos al desarrollo de estos procedimientos de reforma y las personas que ingresaran al sistema. Esta tarea nos compete a todos/as.

NOTA: “Ni el Grupo RPP, ni sus directores, accionistas, representantes legales, gerentes y/o empleados serán responsables bajo ninguna circunstancia por las declaraciones, comentarios u opiniones vertidas en la presente columna, siendo el único responsable el autor de la misma.
Rafael Chanjan Documet

Rafael Chanjan Documet Abogado penalista

Coordinador del proyecto Anticorrupción e investigador del Instituto de Democracia y Derechos Humanos de la Pontificia Universidad Católica del Perú (IDEHPUCP). Docente PUCP, especialista en Derecho Penal y política criminal.

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