La información a entregar comprende las aportaciones o ingresos recibidos entre el primero de julio y el 15 de setiembre del año en curso.
La información a entregar comprende las aportaciones o ingresos recibidos entre el primero de julio y el 15 de setiembre del año en curso, así como los gastos de publicidad electoral y otros gastos operativos de campaña efectuados en el mismo periodo.
Esta documentación financiera debe ser presentada en versión impresa y en medio magnético por cada distrito electoral donde la organización política haya presentado candidatos, indica ONPE.
Además, debe incluirse lo relacionado a las aportaciones e ingresos que reciban y administren directamente los candidatos, así como los gastos de campaña que efectúen con sus propios recursos o con las aportaciones que reciban.
El organismo electoral recordó a los partidos que cualquier actividad de campaña electoral efectuada por un candidato una vez convocado un proceso electoral, se considera como actividad de la organización política.
Este medida afecta a los partidos políticos, movimientos regionales o departamentales, alianzas electorales y organizaciones políticas locales provinciales y distritales que participan en las Elecciones Regionales y Municipales 2010.
Comparte esta noticia