La madre de Gerald Oropeza, detenida tratando de ingresar un celular al penal Piedras Gordas, podría ser procesada bajo esta nueva ley.
El pasado domingo 29 de noviembre entró en vigencia la llamada "Ley de Flagrancia", que permite emitir sentencias en tiempo récord contra personas que hayan sido encontradas cometiendo delitos infraganti.
La nueva norma convocó la atención de la opinión pública tras la reciente sentencia contra el hombre que robó un celular en Villa el Salvador y que fue condenado a 11 años en menos de 24 horas, y también por lo que le puede esperar a Pilar López, madre Gerald Oropeza, que fue detenida en flagrancia cuando intentaba ingresar un celular al penal de Piedras Gordas.
En diálogo con RPP Noticias, el coordinador nacional para la implementación de los juzgados de flagrancia del Poder Judicial, Bonifacio Meneses Gonzales, dio detalles sobre los alcances y procedimientos de la nueva ley.
El nuevo procedimiento
Recordó que hasta el último domingo, el procedimiento habitual era elaborar un atestado policial y abrir una denuncia ante el Ministerio Publico. Luego de ello, se continuaba con la apertura de una instrucción y el inicio de las investigaciones sobre los hechos, proceso que podía tardar años.
Indicó, que ahora, en cambio, si una persona es hallada manejando en estado de ebriedad, traficando drogas, cometiendo robo agravado o tratando de ingresar elementos prohibidos a centros penitenciarios, debe ser intervenido por la policía y llevado inmediatamente a la fiscalía, la misma que podrá acusar de inmediato el detenido para ponerlo en manos de un juzgado.
"La idea es la siguiente: se interviene a un sujeto en flagrancia, ese policía debe conducirlo a la fiscalía. El fiscal hace el trabajo y en lugar de denunciar, acusa. Es un proceso inmediato y ese policía regresa a la calle a seguir cuidándola", señaló.
Flagrancia virtual
En caso de delitos que hayan sido registrados por cámaras de video, dijo que en la justicia peruana existen antecedentes que validan ese tipo de pruebas para que se consideren como delitos flagrantes.
"Hay una serie de posiciones al respecto en lo que se llama la "flagrancia virtual". Ya tenemos un antecedente en la justicia peruana que se validó, como por ejemplo los "vladivideos", explicó.
Sostuvo, que si hay imágenes que prueben la ejecución de un delito, como un asesinato o un acto de extorsión, deben ser incorporados como pruebas en el marco d la nueva ley.
"Chapa tu choro y llévalo al juzgado de flagrancia"
Respecto a los casos de las personas que hacen justicia por su propia mano cuando capturan a un delincuente, dijo que el arresto ciudadano es válido, pero que es mejor llevarlo a la policía.
Y apelando a los alcances de la nueva norma recomendó llevar a los delincuentes a un juzgado de flagrancia para garantizar una sentencia inmediata.
"Lo voy a decir con dos frases, chapa tu choro y llévalo al juzgado de flagrancia, uno, segundo si el crimen no duerme la justicia no duerme. Ese arresto ciudadano es válido y que lo lleven a la policía y luego empezamos con el trámite de flagrancia", afirmó.
Logros y necesidades
Meneses Gonzáles, informó que a 5 días de promulgada la ley, ya se procesaron 60 casos a nivel nacional y que la mayoría de veces los acusados se han acogido a la figura de la "terminación anticipada", es decir que han reconocido sus culpas para acelerar la sentencia a cambio de menos años de prisión.
Indicó que en ninguno de los casos las sentencias han sido apeladas, en las tres instancias permitidas por ley. Además, detalló que a nivel de Lima Metropolitana 12 juzgados han pasado a ser "juzgados de flagrancia" de modo exclusivo.
También hizo una invocación al ministerio del Interior, para que implemente laboratorios y equipos que permitan hacer dosajes etílicos, peritajes de armas y otros tipos de pruebas, en el menor tiempo posible, para no demorar los nuevos procesos judiciales.
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