El nuevo reglamento de la Ley Nº 30949 precisa el procedimiento y plazos para la adjudicación de viviendas de acuerdo al tipo de medalla obtenida por atletas peruanos en los Juegos Panamericanos y Parapanamericanos Lima 2019.
El Gobierno de Martín Vizcarra aprobó el reglamento de la Ley Nº 30949, ley que premia a los atletas peruanos que obtengan medallas de oro, plata y bronce en los XVIII Juegos Panamericanos y VI Parapanamericanos Lima 2019.
A través del decreto supremo Nº 009-2019-MINEDU, publicado este viernes en el boletín de normas del diario El Peruano, se establece que la implementación de la norma, no demandará recursos adicionales al Tesoro Público".
El reciente reglamento determina las reglas para la adjudicación gratuito de las viviendas, así como el procedimiento, actuación de autoridaridades, formalidades y plazos aplicables.
Departamentos según medalla obtenida
La adjudicación de las viviendas se realizará de acuerdo al tipo de medalla obtenida por los atletas en los Panamericanos y Parapanamericanos 2019, considerando las siguientes reglas:
a) A los/las atletas medallistas de oro: departamentos de 75.83 m2.
b) A los/las atletas medallistas de plata: departamentos de 73.83 m2.
c) A los/las atletas medallistas de bronce: departamentos de 70.87m2.
En el caso de atletas medallistas paralímpicos, la norma precisa que se les adjudicará departamentos de 75.83 m2, indistintamente de si han obtenido medallas de oro, plata o bronce. Asimismo, se garantizará que las condiciones de acccesabilidad a la vivienda.
El reglamento aclara que los atletas que obtengan más de una medalla, solo se le adjudicará una vivienda, para lo cual se considerará el mayor logro deportivo obtenido.
Procedimiento de adjudicación de viviendas
La norma señala que el Instituto Peruano del Deporte (IPD) solicitará al Comité Olímpico Peruano la relación oficial de los atletas que hayan obtenido medallas de oro, plata o bronce. Esto dentro de los tres días hábiles de concluidos los Juegos Panamericanos y Parapanamericanos Lima 2019.
Luego, el IPD, en un plazo no mayor de diez días hábiles remite al Ministerio de Transporte y Comunicaciones (MTC) la Resolución de Presidencia que contiene la relación oficial de los atletas medallistas, "detallando la disciplina y medalla obtenida".
Tras recibir la citada Resolución de Presidencia, el MTC, en un plazo no mayor de diez días hábiles, realiza un sorteo, en acto público, para la adjudicación de las viviendas según el tipo de medalla obtenida por cada atleta. Después, el MTC solicitará la opinión técnica a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales (SBN) para la entrega de los departamentos.
Una vez recibida la opinión técnica de la SBN, el MTC expide, en un plazo no mayor de diez días hábiles, la Resolución Suprema de adjudicación de las viviendas, conteniendo la "identificación de cada atleta medallista, el tipo de medalla obtenida y la descripción de las unidades inmobiliarias adjudicadas".
La norma se publicará en el diario oficial El Peruano, en un plazo no mayor de tres días hábiles, contado desde la fecha de su emisión.
Situación ante retiro de medalla
Cuando el IPD sea informado que el o la atleta ha sido sancionado/a con el retiro de la medalla obtenida por la comisión de alguna infracción a las normas antidopaje, realizará, a través de su Dirección Nacional de Deporte de Afiliados, las acciones correspondientes para confirmar dicha información ante las organizaciones deportivas competentes.
"En caso que, mediante informe, la Dirección Nacional de Deporte de Afiliados confirme que el retiro de la medalla constituye una decisión final de la organización deportiva competente, el IPD remite al MTC la Resolución de Presidencia en la cual se retira a el/la atleta sancionado/a de la relación oficial. "Dicha Resolución tiene carácter declarativo e inimpugnable", resalta la norma.
Inmediatamente después de recibida la comunicación del IPD, el MTC dará por concluido el procedimiento para el trámite de adjudicación, sin la transferencia del bien inmueble. En caso se haya producido la adjudicación, el bien inmueble será revertido al MTC.
Entrega de viviendas
La entrega física de las viviendas adjudicadas a favor de los atletas se efectuará una vez que estas se encuentren debidamente acondicionadas para su uso.
Sin perjuicio de la entrega física, el MTC realizará las gestiones para la independización registral de los departamentos en los Registros Públicos.
Cabe resaltar que la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) inscribirá la transferencia de dominio de las viviendas a favor de los/las atletas medallistas por el solo mérito de la Resolución Suprema de adjudicación emitida por el MTC.
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