En esta nota te explicamos en qué consiste esta medida cautelar y qué criterios tienen que cumplirse.
Desde la semana pasada, en la sede de la Sala Penal Nacional, en el centro de Lima, se desarrolla la audiencia en que se evalúa el pedido de prisión preventiva por 36 meses solicitado por la Fiscalía contra la lideresa de Fuerza Popular, Keiko Fujimori, y otros 10 investigados por el presunto delito de lavado de activos.
Pero ¿qué es la prisión preventiva? ¿Cómo se sustenta? La prisión es una palabra que tiene relación directa con la acción de coger y prevenir es tomar medidas o precauciones por adelanto. Ambas palabras juntas se entienden como la privación de la libertad que se aplica al acusado de un delito mientras se desarrolla una investigación en su contra.
El nuevo Código Procesal Penal establece una serie de presupuestos para solicitar esta medida coercitiva, la cual sola la puede dictar el juez a pedido de la Fiscalía. Uno, que existan "fundados y graves elementos de convicción para estimar razonablemente la comisión de un delito que vincule al imputado como autor o partícipe del mismo".
Dos, que "la sanción a imponerse sea superior a cuatro años de pena privativa de libertad"; y tres, "que el imputado, en razón a sus antecedentes y otras circunstancias del caso particular, permita colegir razonablemente que tratará de eludir la acción de la justicia (peligro de fuga) u obstaculizar la averiguación de la verdad".
Comparte esta noticia