Con 57 votos a favor, 30 en contra y 9 abstenciones, el pleno admitió la iniciativa que propone modificar el Código Penal y el Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes a fin de incorporar a estos menores de edad como imputables dentro del sistema penal. Asimismo, por unanimidad, se aprobó el dictamen para castigar con cárcel el acoso sexual a menores de 14 años.
El pleno del Congreso de la República aprobó este jueves en primera votación el dictamen que declara la imputabilidad de los adolescentes de 16 y 17 años por la comisión de delitos graves.
Con 57 votos a favor, 30 en contra y 9 abstenciones, el Legislativo admitió el texto sustitutorio recaído en los proyectos de ley 618, 6080, 7771 y 8166 que propone modificar el Código Penal y el Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes para incorporar a los menores de edad como sujetos imputables dentro del sistema penal.
De conformidad con el artículo 78 del Reglamento del Congreso, el proyecto aprobado será materia de segunda votación transcurrido siete días calendarios.
Previamente, la iniciativa pasó a un cuarto intermedio tras un pedido del congresista José Balcázar, quien alegó que UNICEF ha protestado por la posibilidad de una imposición de penas a menores de edad.
Asimismo, se planteó una cuestión previa para que la propuesta retorne a la Comisión de Justicia para un mejor análisis, pero no tuvo respaldo.
El parlamentario Alejandro Muñante señaló durante el debate que cuando un menor de 16 y 17 años comete un delito como sicariato, extorsión, homicidio calificado, es simplemente sancionado como un infractor de la ley penal.
“Se le da el mismo tratamiento de un niño y eso lo que conlleva a que sean internados en centros de rehabilitación juveniles […] Somos casi uno de los pocos países de la región que no tenemos una sanción ejemplar para menores que cometan delitos graves”, indicó.
Mientras que Carlos Zeballos señaló que se debe impulsar reformas “que garanticen la reinserción de nuestros jóvenes”.
“La incorporación de adolescentes de 16 y 17 años como imputables dentro del sistema penal es una decisión que nos exige actuar con responsabilidad. No se trata solo de aprobar leyes, sino de garantizar el proceso de rehabilitación”, sostuvo en su cuenta de X.
Aprueba dictamen para castigar con cárcel el acoso sexual a menores de 14 años
Por unanimidad (96 votos), el pleno aprobó el texto sustitutorio recaído en los proyectos de ley 2217 y 7760 que modifica el Código Penal y el Código Procesa Penal, a fin de salvaguardar la indemnidad sexual de los menores de edad y agilizar los procesos en casos de violencia sexual.
El texto sustitutorio especifica en el artículo 1 que se modifica el segundo párrafo del artículo 176-B del Código Penal, Decreto Legislativo 635, estableciendo que la pena por acoso sexual se aplicará de igual manera a quien realice dicha conducta utilizando cualquier tecnología de la información o comunicación, así como cualquier otro medio tecnológico.
Además, el artículo 3 propone incorporar el artículo 176-D al Código Penal, referido al acoso sexual a menores de 14 años, con el siguiente texto: “El que de cualquier forma vigile, persiga, acose o busque establecer contacto o cercanía con un menor de hasta 14 años con el fin de llevar a cabo actos de connotación sexual será reprimido con una pena privativa de libertad de no menor de seis ni mayor de nueve años. Asimismo, se establece que el infractor será inhabilitado conforme a lo dispuesto en los numerales 5, 9, 10 y 11 del artículo 36. La misma pena se aplicará a quienes realicen estas conductas utilizando cualquier tecnología de la información o comunicación”.
La propuesta también reconoce la necesidad de abordar el vacío legal existente, donde la falta de una definición clara sobre el consentimiento en menores de 14 años puede llevar a situaciones de impunidad. Con estas modificaciones, se pretende no solo proteger a los menores, sino también enviar un mensaje claro sobre la intolerancia hacia la violencia sexual en todas sus formas.
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