La norma ya había sido rechazada por el Ejecutivo y tras ser aprobada por insistencia no requiere segunda votación. Según el texto, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) se encargará de autorizar este servicio en los ámbitos nacional e interregional.
El Pleno del Congreso aprobó la noche del viernes por insistencia, la ley de formalización del transporte terrestre de pasajeros en automóviles colectivos a nivel nacional, con exclusión de Lima Metropolitana y la provincia constitucional del Callao.
Esta norma, que ya había sido observada por el Gobierno, obtuvo 81 votos a favor, siete en contra y diez abstenciones.
Tras ser aprobada por insistencia, la norma no requiere segunda votación, según indicó el vicepresidente del Congreso, Luis Roel, quien dirigió la sesión plenaria durante el debate y voto de esta iniciativa.
En mayo pasado, el pleno del Congreso aprobó la ley que precisa los alcances de la Ley N° 28972, la cual establece la formalización de colectivos a escala nacional, con exclusión de Lima y Callao.
Según precisa, por ejemplo, los automóviles comprendidos son los de la clasificación M1, con carrocería sedán o station wagon, establecida por el Decreto Supremo N°058-2003-MTC.
También incluye los alcances a las unidades de clasificación M2 para zonas rural y urbana, establecida por el Decreto Supremo 058, vehículos con más de ocho plazas, excluida la del conductor, cuya masa máxima no supere las cinco toneladas, diseñados y fabricados para transporte de pasajeros.
De acuerdo con esta norma, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) se encargará de autorizar el servicio de transporte de pasajeros en automóvil colectivo de ámbitos nacional e interregional, entre ciudades de provincias ubicadas en distintas regiones.
Por su parte, los gobiernos regionales y locales autorizarán el servicio en los ámbitos interprovincial e interdistrital, entre provincias y distritos ubicados en una misma región.
Andina
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