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El Congreso aprobó en primera votación el cobro de estacionamiento por minuto

El proyecto fue sustentado por el presidente de la Comisión de Defensa del Consumidor, Miguel Ángel Elías Ávalos.
El proyecto fue sustentado por el presidente de la Comisión de Defensa del Consumidor, Miguel Ángel Elías Ávalos. | Fuente: Andina

Según el proyecto se podrán fijar tarifas planas sin importar cuánto permanezca el cliente en el establecimiento. Además, sostiene que si el cliente pierde su comprobante de estacionamiento, la empresa solo podrá exigir el valor del costo.

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El Congreso de la República aprobó este jueves en primera votación y por mayoría parlamentaria que el cobro de estacionamiento vehicular sea por minuto efectivamente brindado.

Se trata del proyecto de ley 289/2016-CR que propone modificar la Ley 2941, que Regula el Servicio de Estacionamiento Vehicular. Fue sustentado por el presidente de la Comisión de Defensa del Consumidor, Miguel Ángel Elías Ávalos (Fuerza Popular), quien dijo que en los servicios de estacionamiento donde se exija un pago a los usuarios por el tiempo de permanencia de sus vehículos, el cobro se establecerá por minuto efectivamente utilizado.

Disposiciones sobre el cobro

El parlamentario explicó que solo se podrá exonerar como máximo los primeros 15 minutos, en los establecimientos comerciales donde no se acredite un consumo mínimo. Pasado este lapso se podrá exigir una retribución económica por el tiempo total de permanencia en el estacionamiento.

Además, comentó que se podrán fijar tarifas planas sin importar el tiempo que permanezca el vehículo en el estacionamiento, siempre que no exceda el horario de servicio del establecimiento.

Contingencias

El proyecto también sostiene que, si el cliente pierde su tarjeta, comprobante de ingreso, constancia o ticket, solo se podrá exigir el valor del costo y no una penalidad adicional. En esa línea el legislador comentó que los encargados del establecimiento deberán revisar los registros para determinar el tiempo que se usó el espacio.

El titular del establecimiento debe consultar sus registros físicos, electrónicos o fílmicos para establecer el tiempo efectivo de permanencia en la playa de estacionamiento a fin de determinar la retribución”, comentó. 

También quedará prohibida la colocación de carteles que contravengan lo dispuesto en la presente ley o sus normas modificatorias, hacerlo constituirá infracción administrativa sancionable.

Sustento adicional

Al respecto, el congresista Juan Gonzales Ardiles (Fuerza Popular) comentó que el proyecto fue aprobado debido a que los estacionamientos no cumplen con las normas ni se responsabilizan con los robos que se puedan dar.

Solo se debe pagar por el servicio recibido. No si estas dos horas y media, pagas por tres horas, hasta por cuatro minutos que te pasas se tiene que pagar”, acotó.

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