El congresista acciopopulista Luis Cordero Jon Tay establece en su proyecto que el fiscal a cargo del proceso especial de colaboración eficaz es el encargado de garantizar la vigencia del principio de reserva y, además, responsable funcional por cualquier filtración que se realice durante el proceso de investigación.
El congresista de Acción Popular Luis Gustavo Cordero Jon Tay presentó el martes 19 de marzo un proyecto de ley que establece sancionar a los fiscales a cargo de una investigación por las filtraciones de las declaraciones de los colaboradores eficaces.
Se trata de la iniciativa legislativa N° 748/2023-CR que busca modificar los artículos 472,473, 475 y 476 del Nuevo Código Procesal Penal, con el objetivo de “garantizar la vigencia del principio de reserva del proceso especial de colaboración eficaz y optimizar su aplicabilidad”.
El legislador (ex Fuerza Popular) establece en su proyecto que el fiscal a cargo del proceso especial de colaboración eficaz es el encargado de garantizar la vigencia del principio de reserva y, además, responsable funcional por cualquier filtración que se realice durante el proceso de investigación; tales como la identidad, la declaración del colaborador o cualquier otra información dentro del proceso.
De producirse alguna filtración, se iniciará “de oficio” un proceso disciplinario correspondiente, sin perjuicio de las responsabilidades administrativas y penales en las que incurra el fiscal o los servidores a su cargo, según establece el documento.
¿Qué más propone el congresista Cordero Jon Tay?
El proyecto de ley señala que en caso de que se demuestre la inocencia de quien fue involucrado por el colaborador eficaz, el fiscal deberá remitir los actuados a la fiscalía correspondiente para que se investigue la comisión del delito de denuncia calumniosa, obstaculización de la justicia o el que corresponda.
El fiscal a cargo del caso también será investigado por la comisión de los mencionados delitos, dejando a salvo “el derecho del agraviado de solicitar las correspondientes acciones indemnizatorias”.
No es la única modificación planteada por Cordero Jon Tay. También se ha propuesto una modificación al artículo 473 del Nuevo Código Procesal Penal, a fin de que se prohíba a los fiscales a cargo de un caso corroborar los dichos de un aspirante a colaborador eficaz con otros aspirantes a colaboradores eficaces.
En la disposición complementaria final, el ahora congresista acciopopulista propuso que las publicaciones periodísticas carezcan de valor probatorio por sí mismas, por lo que requerirán de otras “pruebas fiables y suficientes” para que puedan ser valoradas durante un juicio.
“Durante los últimos años hemos sido testigos de una actividad inusual por parte de los operadores de justicia, quienes han evidenciado una tendencia a declarar muchas veces más en las pantallas que en los propios tribunales, y esto se ha dado, debido a una serie de información propia de la actividad fiscal que termina filtrándose en medios de comunicación…”, justificó.
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