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Renovación Popular solicitó que se agende "a la brevedad posible" el informe que destituye a miembros de la JNJ

El vocero de Renovación Popular solicitó que el tema se priorice en la Comisión Permanente
El vocero de Renovación Popular solicitó que el tema se priorice en la Comisión Permanente | Fuente: Andina

Jorge Montoya, vocero de Renovación Popular, hizo el pedido al presidente del Congreso, Alejandro Soto, para que la Comisión Permanente priorice el tema por ser "de alto interés nacional"

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Jorge Montoya, vocero de la bancada de Renovación Popular, solicitó al presidente del Congreso, Alejandro Soto, que se agende en la Comisión Permanente, "a la brevedad posible", el informe de la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales (SAC) que recomienda destituir e inhabilitar por 10 años a los miembros del pleno de la Junta Nacional de Justicia (JNJ).

El pedido se realizó a través de un oficio remitido ayer, lunes, en el que se indica que se debe "priorizar" el tema por ser "de alto interés nacional".

"Solicitarle se sirva disponer se agende en la Comisión Permanente (...), a la brevedad posible, el informe final de la denuncia constitucional 373 que fue aprobado en la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales, el viernes 16 de febrero del 2024", señala el documento. 

"En esta medida, tratándose de un tema de alto interés nacional, consideramos debe priorizarse en la agenda de la Comisión Permanente del Congreso", añade.

Vale resaltar que el parlamentario Montoya fue el autor de la denuncia constitucional 373 contra la JNJ, que fue la base del referido informe final que sustentó el congresista Esdras Medina ante la SAC, el último viernes.

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Informe contra la JNJ fue aprobado por mayoría

La Subcomisión de Acusaciones Constitucionales (SAC) del Congreso decidió, el pasado viernes, aprobar el informe final del congresista Esdras Medina (Unidad y Diálogo Parlamentario) que recomendaba acusar constitucionalmente e inhabilitar por 10 años a los magistrados del pleno de la Junta Nacional de Justicia (JNJ).

Tras la sustentación a cargo de Medina Minaya, y un breve debate en el que participaron los parlamentarios Édgar Reymundo (Cambio Democrático-Juntos por el Perú), José Cueto (Renovación Popular) y Patricia Juárez (Fuerza Popular), se procedió a la votación en la que se obtuvo 14 votos a favor, 4 en contra y 2 abstenciones, con lo que se aprobó el informe por mayoría. 

Los votos a favor fueron de Fuerza Popular (5), Renovación Popular (2), Perú Libre (2), APP (2), Avanza País (2), Unidad y Diálogo Parlamentario (1); mientras que los votos en contra fueron de Cambio Democrático-Juntos por el Perú (2), Podemos (1), Perú Bicentenario (1). Las abstenciones fueron de Elizabeth Medina y Álex Paredes del Bloque Magisterial. 

El informe de Medina Minaya recomendaba acusar constitucionalmente a 6 miembros de la JNJ por "infracción constitucional de los artículos 156, inciso 3, y 139, inciso 3, de la Constitución"; y además a la magistrada Luz Tello de Ñecco "por infracción constitucional del artículo 156, inciso 3" de la Carta Magna.

Vale resaltar que la denuncia que motiva el informe se refiere al límite de edad para ejercer el cargo de miembro del pleno de la JNJ que, según ese razonamiento, habría trasgredido Luz Tello de Ñecco.

Al respecto, tras recoger los descargos de los magistrados, el informe de Esdras Medina indica que "estos no contribuyen a desvirtuar las imputaciones", ya que utilizarían "argumentos repetitivos que carecen de todo sustento fáctico", lo que resultaría en una "construcción jurídica artificiosa que pretende justificar la dación de un acto administrativo contrario a la Constitución y al orden legal vigente".

En ese sentido, resalta que los integrantes de la Comisión Especial que seleccionó a los miembros de la JNJ se pronunciaron sobre el límite de edad para ocupar el cargo "de manera inequívoca e inobjetable (...) como una condición de entrada o acceso, y como una condición de permanencia", lo cual implicaría que "si un miembro de la JNJ se encuentra fuera de los rangos etarios señalados constitucionalmente pierde dicha condición".

Por ello, el informe acusa a la JNJ "de reducir el ámbito semántico normativo del texto constitucional", para generar "un favorecimiento para uno de sus miembros".

Asimismo, señala que respecto al procedimiento administrativo por el cual la JNJ resolvió que el límite de edad era "para acceder a ser miembro de la JNJ" no se originó a pedido de la interesada, Luz Tello, sino "a iniciativa de (...) Aldo Alejandro Vasquez Rios en su calidad de presidente de la JNJ, siendo que en el mejor de los casos dicha iniciativa debió dar origen a un procedimiento administrativo de vacancia".

"Así tenemos que esta resolución no se origina en un procedimiento administrativo que garantiza la Constitución bajo las normas del debido procedimiento, sino que aparece como un acto oficioso del presidente de la JNJ y sus miembros integrantes que la suscriben y en cuya responsabilidad es solidariamente compartida", indica el texto.

Cabe señalar que el informe recoge también los testimonios de José Luis Lecaros, Ernesto Blume y Walter Gutiérrez en su calidad de exmiembros de la comisión que eligió a los actuales magistrados de la JNJ. Citando dichas declaraciones, Medina Minaya recomienda "se inicie el procedimiento respectivo en relación a los aforados según las informaciones advertidas en la audiencia".

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Luis Felipe Rodriguez Jimenez

Luis Felipe Rodriguez Jimenez Redactor web / Periodista

Periodista formado en las aulas sanmarquinas. Trabajo en temas políticos y culturales

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