Organizaciones políticas, alianzas electorales, candidatos o sus responsables de campaña, según corresponda, tienen hasta el 10 de febrero para la segunda entrega de la información financiera de aportes e ingresos recibidos y gastos efectuados durante las Elecciones Municipales y Regionales 2022.
La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) reprogramó para el 10 de febrero de 2023, la fecha límite para que las organizaciones políticas, las alianzas electorales, candidatos o sus responsables de campaña, presenten la segunda entrega de la información financiera de aportes e ingresos recibidos y gastos efectuados durante la campaña electoral de las elecciones municipales y regionales 2022.
El mismo plazo también incluye la segunda elección regional 2022, por los periodos comprendidos desde el 3 de septiembre al 30 de diciembre del 2022 y desde el 3 de septiembre del 2022 al 14 de enero de 2023, respectivamente.
Así lo dispone la Resolución Gerencial 000002-2023-GSFP/ONPE, en la que se establece que el ingreso de la presentación de los citados informes financieros de campaña se podrá efectuar a través de la Plataforma “Claridad” o mediante Mesa de Partes de las Oficinas Regionales de Coordinación (ORC) de la ONPE o en la sede central de la ONPE.
Asimismo, la reprogramación de la fecha de entrega, según la norma, fue establecida en razón que diversas movilizaciones sociales han determinado que el Gobierno Central declare el Estado de Emergencia en diversas zonas del país, motivado en diversos conflictos sociales.
Adicionalmente, se observa que existe la imposibilidad de desplazamiento en 15 regiones, por lo que corresponde reprogramar la fecha de presentación de la segunda entrega de información financiera de ingresos y gastos efectuados, correspondientes al proceso de elecciones municipales y regionales 2022.
Reportes sobre información financiera
A la fecha, el organismo electoral reporta que, de las 129 organizaciones políticas obligadas a presentar su segundo informe de aportes/ingresos recibidos y gastos realizados durante la campaña electoral elecciones regionales y municipales 2022, 29 (22.48 %), han entregado la segunda información financiera y 100 (77.52 %) aún no lo han hecho.
A su vez, de los 72 542 candidatos y candidatas obligados a presentar su segundo informe de aportes/ingresos recibidos y gastos realizados durante la campaña electoral elecciones regionales y municipales 2022, a la fecha, la plataforma digital Claridad ha recibido la segunda entrega de información financiera de 54,151 (74.65 %) candidatos y candidatas. No lo ha hecho aún 18,391 (25.35 %).
¿Cómo es el formato de entrega?
Para la entrega de los informes financieros de campaña, los formatos se pueden obtener en las mesas de partes y en el portal de la ONPE en la pestaña “Descarga los formatos para presentar tu información financiera” haciendo clic en “Candidatos a elección popular”.
Los candidatos o sus responsables de campaña pueden presentar la segunda entrega de la información financiera de manera virtual y presencial. En el primer caso, por internet, a través de la plataforma digital Claridad. Para ello deben solicitar su casilla electrónica y luego, acceder con las credenciales al portal Claridad.
¿Quiénes están obligados?
Los obligados a entregar la información financiera de campaña son los candidatos y candidatas a gobernadores, vicegobernadores y consejeros regionales; alcaldes y regidores provinciales o distritales que fueron inscritos por el Jurado Electoral Especial respectivo, para su participación en el proceso electoral.
Inclusive los candidatos y candidatas inscritos que no hayan tenido aportes/ingresos ni efectuados gastos de campaña deben realizar una declaración en cero.
Sanciones
En el caso de las organizaciones políticas, la no presentación de la información financiera sobre los aportes e ingresos recibidos, así como los gastos efectuados durante la campaña, dentro del plazo establecido por la ONPE, constituye una infracción muy grave.
Esta es sancionable con una multa no menor de 31 ni mayor de 100 unidades impositivas tributarias y la pérdida del financiamiento público directo, según el Reglamento de Financiamiento y Supervisión de Fondos Partidarios.
Criterios
La Ley 31504 dispuso que los candidatos que no informen a la Gerencia de Supervisión de Fondos Partidarios de la ONPE, dentro de los plazos de ley, los aportes/ ingresos y gastos efectuados durante su campaña, son sancionados con una multa no menor de una ni mayor de cinco unidades impositivas tributarias (UIT).
Para la aplicación de la multa, se toma en consideración criterios como la naturaleza del cargo de postulación, según el carácter nacional, regional, provincial o distrital de las elecciones; el número de votantes de la circunscripción electoral del candidato sancionado; el monto de lo recaudado; el cumplimiento parcial o tardío del deber de informar; y la reincidencia.
(Con información de Andina)
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