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Elecciones 2022: ¿Rafael López Aliaga vulneró la ley al mostrar su cédula de sufragio después de emitir su voto?

RLA exhibió su cédula de sufragio después de realizar su voto
RLA exhibió su cédula de sufragio después de realizar su voto | Fuente: RPP Noticias

El candidato a la alcaldía de Lima por Renovación Popular exhibió su cédula de sufragio después de haber votado, en medio de reclamos vinculados a la impresión del logo de su partido. RPP Noticias conversó con dos especialistas en derecho electoral al respecto.

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Durante la jornada electoral de este domingo, 2 de octubre, el candidato a la alcaldía de Lima por Renovación Popular, Rafael López Aliaga, al momento de ejercer su voto ciudadano, identificó presuntas fallas en los colores del logo de su partido en la cédula de sufragio. Debido a ello, se acercó a los representantes del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), la ONPE y la Fiscalía, y registró la incidencia tal como establece la ley para todos los ciudadanos.

Tras haber realizado ese procedimiento, el candidato se acercó a la cámara secreta, realizó su voto y, acto seguido, exhibió ante los ciudadanos y la prensa su cédula ya marcada, a la vez que levantó los dedos en señal de victoria.

Ante este hecho, José Naupari, asesor externo del JNE, señaló a RPP Noticias que cualquier ciudadano que exhibe su voto comete un delito penado por el Código Penal.

“Independientemente de que se trate de un candidato o de un ciudadano cualquiera, está prohibido realizar propaganda electoral desde el día de ayer. Adicionalmente a ello, también está penado, en el Código Penal, mostrar el sentido del voto (...)  Lo que yo podría decir es que cualquier persona que muestre el sentido de su voto, sí está incurriendo, no solamente en una infracción, sino en un delito penal", explicó Naupari.

Con esa lectura de la norma respectiva, ¿Rafael López Aliaga vulneró la ley al mostrar su voto? Para responder esta interrogante, conversamos con dos especialistas en derecho electoral, el profesor de la Universidad de Lima, José Tello; y el abogado Jorge Jaúregui Mendieta.

"Podría ser sancionado con 2 años de cárcel"

El catedrático José Tello consideró que existen "supuestos que generan dudas" sobre el proceder de Rafael López Aliaga.

"Cuando llega y denuncia que el símbolo de su partido tenía problemas, él exhibe la cedula de sufragio, pero sin marcar, lo cual no es malo, a mi entender. Porque él hace un cuestionamiento, incluso a la gente de la ONPE, del Jurado y también del Ministerio Público", señaló.

Sin embargo, consideró que, en su actuar posterior, sí habría incurrido en un delito.

"En donde sí infringe la restricción de propaganda política es cuando, al votar, saca su cédula, la enseña y hace la “v” de la victoria con la mano", explicó.

En ese sentido, manifestó que estaríamos "ante un delito electoral" que es expresamente tipificado en el Código Penal, por lo cual requiere la actuación del Ministerio Público.

"El JNE lo tiene como una incidencia, como un tema que, evidentemente, es parte de la fiscalización electoral. Y sin perjuicio lo hace el Ministerio Público también porque estamos ante un delito electoral que podría tener dos años de pena privativa de la libertad. La Fiscalía podría actuar de oficio", señaló.

Tello indicó que López Aliaga podría ser condenado hasta con "dos años de pena privativa de la libertad".

Esta opinión fue compartida por el abogado Jorge Jauregui, quien subrayó lo que establece la ley penal.

"Lo que sí queda claro es que el Código Penal considera que es delito hacer público el contenido del voto. Si una persona llega al centro de votación, ingresa a la mesa de sufragio, se identifica, recibe la cedula, ingresa a la cámara secreta, procede a marcar (…) y, antes de ingresar la cédula al ánfora, hace público el contenido de su voto, incluso sin mostrarlo, esa conducta está prevista como delito", señaló.

En esa línea, refirió que corresponde al Ministerio Público actuar frente a lo que consideró una violación del artículo 358 del Código Penal.

"El Ministerio Publico es el organismo que persigue el delito y se encarga de hacer la formulación penal. Pero dado que el Ministerio Publico, eventualmente, no está en todos los lugares, ahí es importante una actuación por parte del JNE que, seguramente, tiene personal fiscalizador que pueda tener el acta de incidencia electoral de esta actuación, porque no es una conducta licita", remarcó.

Además, señaló que, para incurrir en ese delito, no es necesario que la persona diga expresamente su voto, sino que basta con que "muestre la cédula" porque "está haciendo público el contenido de su voto"

Según José Naupari, exhibir el voto está establecido como un delito en el Código Penal
Según José Naupari, exhibir el voto está establecido como un delito en el Código Penal | Fuente: RPP Noticias

Ministerio Público investigará a Rafael López Aliaga

Al cierre de esta nota, el Ministerio Público comunicó su decisión de abrir investigación contra el candidato de Renovación Popular "por la presunta comisión del delito de Publicidad Ilegal del Sentido del Voto"

"El fiscal de Prevención del Delito, Josias Castrillon, derivó a la Fiscalía Penal de Miraflores las actas respectivas por la presunta comisión del delito de Publicidad Ilegal del Sentido del Voto, conforme al art 358 del Código Penal, que habría cometido el candidato Rafael López", indicaron en Twitter.

Además, señaló que "se remitió copias, a la misma Fiscalía, por la denuncia presentada por el mencionado candidato por una presunta falta de claridad en el símbolo de su partido en las cédulas de votación".


Luis Felipe Rodriguez Jimenez

Luis Felipe Rodriguez Jimenez Redactor web / Periodista

Periodista formado en las aulas sanmarquinas. Trabajo en temas políticos y culturales

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