Según el Reglamento de Inscripción de fórmulas y listas de candidatos para las elecciones generales de 2026, una vez recibido el expediente, el pleno del JNE deberá convocar a una audiencia pública y emitir un pronunciamiento definitivo en un plazo de tres días calendario.
El Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Centro 1 concedió un recurso de apelación contra una resolución de dicho órgano en la que se declaró infundada la tacha a la inscripción del candidato presidencial del partido de Renovación Popular, liderado por Rafael López Aliaga.
Tras verificar que la apelación cumple con los requisitos de ley, el JEE dispuso la elevación del caso al Jurado Nacional de Elecciones (JNE).
"En consecuencia, corresponde tener por subsanada la observación, y, de conformidad con el artículo 46 del Reglamento de Inscripción, conceder el recurso de apelación, disponiendo la elevación de los actuados al Jurado Nacional de Elecciones, para que se pronuncie en segunda y definitiva instancia", dice la resolución N.° 00339-2026-J, con fecha 9 de enero.
Según el Reglamento de Inscripción de fórmulas y listas de candidatos para las elecciones generales de 2026, una vez recibido el expediente, el pleno del JNE deberá convocar a una audiencia pública y emitir un pronunciamiento definitivo en un plazo de tres días calendario.
¿Por qué se presentó una tacha contra López Aliaga?
El ciudadano Víctor Baldomero Gutarra García planteó ante el JEE una tacha contra Rafael López Aliaga por supuestamente incumplir las normas de democracia interna, al haberse realizado elecciones internas bajo una modalidad distinta a la prevista en su estatuto vigente y en contravención de la Ley de Organizaciones Políticas y del cronograma electoral aprobado por el Jurado Nacional de Elecciones.
En el documento también se requiere que se declare la nulidad del proceso de elecciones internas en las que eligió al exalcalde de Lima como postulante a la Presidencia de la República.
"Asimismo, en consecuencia y de oficio, el Jurado Nacional de Elecciones debe excluir las listas de candidatos a diputados, senadores y representantes al Parlamento Andino, por cuanto todas ellas derivan de un proceso de elecciones internas inválido", se lee en el texto.