En audiencia pública, Ernesto Blume, exmagistrado y abogado del presidente del Congreso, sostuvo que no corresponde atribuir responsabilidad a Fernando Rospigliosi por el uso de una cámara institucional en un mitin de Keiko Fujimori, pues —según dijo— el trabajador involucrado reconoció el error y ya fue separado del cargo.
El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) dejó al voto la apelación presentada por el presidente del Congreso, Fernando Rospigliosi. El recurso busca revertir el fallo del Jurado Electoral Especial (JEE) de Pacasmayo, que le atribuyó una vulneración del deber de neutralidad por el uso de una cámara institucional del Parlamento en un mitin de la candidata presidencial Keiko Fujimori.
La defensa de Rospigliosi
Durante la audiencia pública, realizada este viernes 5 de diciembre, el exmagistrado Ernesto Blume, defensa legal del titular del Legislativo, sostuvo que no corresponde atribuir responsabilidad a Rospigliosi, pues —según dijo— el trabajador implicado reconoció el error y ya fue separado del cargo.
Blume citó, además, un precedente del Tribunal Constitucional, que considera que un titular de una entidad pública no puede ser considerado responsable por todos los actos que cometa el personal subalterno. Ello, indicó el exmagistrado, “un estándar imposible”, al punto de requerir que el titular sea “omnisciente y omnipresente”.
"El Tribunal Constitucional [...] ha dejado establecido que los titulares de las entidades públicas no pueden tener responsabilidad por los actos que haga el personal subalterno. [De lo contrario,] se les juzgaría bajo un estándar ‘divino’ e inalcanzable, pues se exigiría que fueran omnipotentes, omnipresentes y omniscientes. Nadie se salvaría, porque esto implicaría partir de la sospecha", indicó.
El abogado remarcó que la presunta infracción se sustentaría en una omisión —no haber controlado el uso del equipo— y no en una acción directa que favorezca a una organización política, como exige el Reglamento de Propaganda Electoral para configurar una vulneración al deber de neutralidad.
"De acuerdo con la resolución [del Jurado Electoral Especial de Pacasmayo], se estaría atribuyendo responsabilidad por una omisión, es decir, por un dejar de hacer o dejar de controlar. Y, aun si ello fuera cierto, la responsabilidad del control y del manejo de los bienes del Congreso de la República recae en el oficial mayor, de acuerdo a la reglamentación interna del Parlamento. Por lo tanto, al presidente encargado de la Presidencia del Congreso no le alcanza ninguna responsabilidad. Él no ha participado, ni directa ni indirectamente, en los hechos cuestionados, y el trabajador responsable renunció", indicó al señalar que, bajo estas consideraciones, "no se cumple" el requisito básico para atribuir que hubo infracción a la norma electoral.
¿Hubo acciones correctivas?
Durante la sesión, Blume fue consultado por el presidente del JNE, Roberto Burneo, si Rospigliosi realizó alguna acción en torno al caso. Al respecto, el exmagistrado respondió que el titular del Parlamento dispuso medidas internas y que los funcionarios responsables adoptaron las acciones correspondientes.
"Inclusive, el empleado que incurrió en la falta señaló que se confundió de cámara. Él tenía una cámara idéntica a la del Congreso entre sus bienes y, al retirarse, no se llevó la suya, sino la cámara [del Parlamento] por confusión. Pero el hecho ha sido cuestionado y, por tanto, se le exigió su renuncia, y renunció", indicó.
Tras escuchar a las partes, el Pleno del JNE dejó el caso al voto. La resolución final definirá si se confirma o revoca la sanción impuesta por el JEE de Pacasmayo en este proceso electoral.