El pleno del JNE declaró infundadas las apelaciones presentadas por dos ciudadanos que presentaron tachas ante el Jurado Electoral Especial Lima Centro 1. Así, la agrupación política Renovación Popular podrá competir con plancha presidencial.
Rafael López Aliaga, candidato presidencial por el partido Renovación Popular, continuará en carrera electoral rumbo a las elecciones generales 2026, luego de que el pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) declaró infundadas las apelaciones de dos ciudadanos que presentaron igual número de tachas en contra de su candidatura.
El pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) publicó en su portal institucional los resultados preliminares de la votación.
Entre el 7 y 8 de enero, los ciudadanos Víctor Gutarra García y Estevens Sánchez Puertas apelaron la decisión del Jurado Electoral Especial (JEE) Lima Centro 1, que declaró infundadas sus tachas y, con ello, el caso fue elevado al pleno del JNE para su evaluación en una segunda y última instancia.
Con esta decisión, el pleno confirmó el fallo del colegiado electoral y tras el desarrollo de la audiencia pública virtual, los cinco miembros del pleno emitiron su veredicto.
Los argumentos de los tachantes
El ciudadano Víctor Gutarra García planteó ante el JEE una tacha contra Rafael López Aliaga, porque supuestamente su candidatura se logró luego de incumplir las normas de democracia interna de Renovación Popular, al haberse realizado elecciones primarias el 30 de noviembre (votación de militantes) bajo una modalidad distinta a la prevista en su estatuto vigente (primarias abiertas con voto de militantes y no militantes) y en desobediencia a la Ley de Organizaciones Políticas y del cronograma electoral aprobado por el Jurado Nacional de Elecciones.
Entre los argumentos también se solicitó que se declare la nulidad del proceso de elecciones internas en las que Rafael López Aliaga fue elegido como postulante a la Presidencia de la República. Asimismo, en consecuencia y de oficio, sugiere que el Jurado Nacional de Elecciones debe excluir las listas de candidatos a diputados, senadores y representantes al Parlamento Andino, por cuanto todas ellas derivan de un proceso de elecciones internas inválido.
El argumento de la tacha presentada por Estevens Sánchez Puertas es similar al anterior, al observar que Renovación Popular "habría vulnerado el principio de democracia interna al no respetar la modalidad de elecciones primarias prevista en su estatuto", según se lee en el documento presentado. En su escrito solicita que se declare fundada la tacha y, en consecuencia, se rechace la inscripción de la fórmula presidencial.
Estos argumentos fueron evaluados por los miembros del pleno quienes de forma preliminar dieron a conocer el resultado del veredicto este viernes 16 de enero.
Los detalles del fallo se conocerán en lo sucesivo.