El ministro de Justicia y Derechos Humanos, Aníbal Torres, indicó que la cuestión de confianza es una facultad constitucional del Ejecutivo y que la Comisión de Constitución del Congreso habría sido inducida al error para regularla.
El ministro de Justicia y Derechos Humanos, Aníbal Torres, señaló que los integrantes de la Comisión de Constitución del Congreso de la República habrían sido inducidos para aprobar la regulación de la cuestión de confianza, con el objetivo de vacar al presidente Pedro Castillo.
En declaraciones a Nada está dicho de RPP Noticias, el ministro indicó que este dictamen rompe el equilibrio entre el Legislativo y el Ejecutivo, pues se está eliminando un “obstáculo” y así se podría impulsar una eventual vacancia presidencial.
“Parece que están removiendo el obstáculo para vacar al presidente. Es probable aquí que los miembros de la Comisión de Constitución han sido inducidos a error por alguien que busca vacar al presidente y eliminar todo obstáculo para la vacancia”, indicó el ministro.
Interpretación auténtica de la Constitución
Según precisó, dicho grupo de trabajo ha hecho una interpretación de la Constitución similar a la que hizo el Congreso en 1996, cuando permitieron que el expresidente Alberto Fujimori se reeligiera en el cargo por tercera vez.
En esa línea, negó que estén mortificados por la posible regulación de la cuestión de confianza y que solo están advirtiendo algo que ya ocurrió. Indicó, además, que ahora el fujimorismo está detrás de este dictamen, pues como perdieron las elecciones buscan vacar al presidente.
“La Constitución Política le otorga esa facultad al premier, pero no es que nos mortifique eso, solo estamos advirtiendo ese hecho”, indicó el ministro
“¿Quiénes fueron los que hicieron esto? Los fujimoristas. Ahora es probable que ellos mismos porque perdieron la elección están buscando la vacancia, no es un hecho desconocido”, añadió.
Dictamen aprobado
La Comisión de Constitución y Reglamento del Congreso aprobó el martes un dictamen que regula la aplicación de la cuestión de confianza que solicite el Poder Ejecutivo.
De acuerdo con el artículo único que interpreta el último párrafo del artículo 132 de la Constitución, el Ejecutivo no podrá recurrir a esta figura cuando se trate de reformas constitucionales ni las que afecten las competencias del Congreso u otros órganos autónomos.
“Interprétase que el planteamiento de una cuestión de confianza sobre una iniciativa ministerial está referida a materias de competencia del Poder Ejecutivo relacionadas directamente a la concreción de su política general de gobierno, no encontrándose, entre ellas, las referidas a la aprobación o no de reformas constitucionales ni las que afecten las competencias exclusivas y excluyentes del Congreso de la República o de otros órganos constitucionalmente autónomos”, indica el texto.
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