Ejecutivo sigue sin emitir dispositivos normativos contra la criminalidad pese a anuncios del jefe de Estado

El 3 de noviembre pasado, se promulgó la ley que establece medidas extraordinarias contra la extorsión y el sicariato. Más de dos meses después, aún no se emite el reglamento.
El 3 de noviembre pasado, se promulgó la ley que establece medidas extraordinarias contra la extorsión y el sicariato. Más de dos meses después, aún no se emite el reglamento. | Fuente: Presidencia Perú

José Jerí anunció que el reglamento de la Ley 32490 estaría, "como máximo", publicado este domingo. No obstante, hasta la tarde de hoy, no ha ocurrido. Días antes, anunció que el Plan Nacional de Seguridad estaría listo los primeros días de enero, pero el grupo multisectorial encargado de elaborarlo solicitó, el viernes, una ampliación de 10 días.

El último miércoles, gremios de transportistas impulsaron un paro de 24 horas en Lima y Callao, como medida de protesta ante los atentados que sufren choferes y trabajadores del transporte público por parte de organizaciones criminales que, incluso, los han atacado con explosivos, tales como granadas.  

En ese marco, el presidente de la república José Jerí anunció que su gobierno estaba alistando una serie de medidas para hacer frente al avance de la criminalidad. Entre ellas, destacó la reglamentación de la Ley N° 32490 o Ley que establece medidas extraordinarias contra los delitos de extorsión y sicariato en las empresas de transporte público y de mercancías, promulgada el pasado 3 de noviembre por el propio mandatario. 

Al respecto, el jefe de Estado, en declaraciones a la prensa emitidas el último lunes, reconoció que la demora en la publicación de la reglamentación era un "jalón de orejas" para su gestión, y aseguró que, "máximo el día sábado", dicho dispositivo debería estar listo. 

"Otro tema que está pendiente es de la Ley 32490 [...], esa ley ya debería estar reglamentada y es otro jalón de orejas que lo he conversado con las autoridades competentes. Por eso, máximo el día sábado tienen que estar los reglamentos de la ley“, indicó.

“No podemos actuar bajo un estado normal, tenemos que actuar de forma excepcional y la excepcionalidad también se plasma por la rapidez de la respuesta. Tenemos el compromiso de corregir la demora que como Gobierno hemos tenido“, añadió. 

No obstante, dos días después, ya con el paro de transportistas en marcha, el jefe de Estado indicó que el referido reglamento se oficializaría este domingo para que entre en vigencia mañana, lunes.

"La Ley 32490, que máximo el día sábado está lista, aprobada por el Consejo de Ministros, y, como máximo, publicada el domingo para que entre en vigencia el lunes [19 de enero]", indicó.

Sin embargo, hasta el cierre de esta nota, el reglamento de la norma aún no había sido publicado en el diario oficial El Peruano, tal como anunció el mandatario. 

Cabe indicar que la Ley 32490 establece medidas como la creación del Grupo Interinstitucional contra la Extorsión y el Sicariato (GIES), con ámbito nacional, conformado por personal de la Policía Nacional, del Ministerio Público y del Poder Judicial, "rigurosamente seleccionado sobre la base de méritos comprobados en la lucha contra dichos delitos", una medida exigida por gremios de transportistas como Transportes Unidos (TU).

Asimismo, dispone compensaciones económicas y seguros estatales por la pérdida de unidades de transporte o el fallecimiento de trabajadores víctimas, y otorga "créditos blandos y exoneraciones temporales a las empresas que hayan sido formalmente afectadas por los delitos de extorsión o sicariato".

¿Y el Plan Nacional de Seguridad Ciudadana?

Los últimos días del pasado diciembre, el presidente José Jerí anunció que durante los primeros días de enero se presentaría formalmente el Plan Nacional de Seguridad Ciudadana, un instrumento que serviría como hoja de ruta para "construir un país mucho más seguro para todos”. 

"Lo cierto es que con lo que hemos encontrado, estamos planteando justamente y por eso que lo vamos a presentar en los primeros días de enero el Plan de Seguridad Ciudadana, que nos va a regir a nosotros y a las próximas autoridades que vamos a elegir en abril. Y con ello va a ser una herramienta que nos permita articular los esfuerzos", indicó. 

La elaboración de dicho plan está a cargo de un Grupo de Trabajo Multisectorial, de naturaleza temporal, dependiente del Ministerio del Interior (Mininter), el cual fue creado el 11 de diciembre del año pasado. Su labor tendría una vigencia de 30 días, a partir de su instalación. 

En esa línea, el último 5 de enero, durante la ceremonia de apertura del Año Judicial 2026, el jefe de Estado volvió a incidir en la necesidad de dicho plan y reiteró que "en los próximos días" sería presentado.

“Será un documento que implementaremos progresivamente y que esperamos que sea empleado también por quien gane las próximas elecciones, porque este no es un asunto de Gobierno, es un asunto de Estado”, sostuvo. 

No obstante, la presentación del plan podría aplazarse. El último viernes, a través de una resolución del Mininter, se dispuso ampliar por 10 días calendario, a partir del 16 de enero, la vigencia del referido Grupo de Trabajo Multisectorial, encargado de elaborar la propuesta.

Según indica la resolución, la decisión fue iniciativa del propio grupo y fue tomada "en atención a la existencia de acciones pendientes de carácter multisectorial que resultan necesarias para culminar el proceso de formulación de la propuesta del Plan Nacional de Seguridad Ciudadana". Eso, "a fin de asegurar la coherencia técnica del documento y la adecuada articulación de sus componentes estratégicos, conforme al marco normativo vigente".

Además, se señala que la sesión de instalación del referido órgano colegiado se llevó a cabo recién el 17 de diciembre de 2025.

Lo que sí oficializó el Ejecutivo

Este domingo, en horas de la tarde, se publicó -en edición extraordinaria del diario oficial El Peruano- un decreto supremo que establece medidas complementarias a la Ley 32490, con el fin de "fortalecer la seguridad operativa del servicio de transporte, la protección de trabajadores y usuarios, y la continuidad del servicio, mediante mecanismos de coordinación interinstitucional, certificación de seguridad y apoyo a la recuperación económica".

Dichas disposiciones complementarias establecen medidas extraordinarias, tales como implementar medidas de seguridad operativa en "rutas, paraderos, terminales y vehículos del servicio de transporte público de personas y mercancías". Dichas medidas de seguridad comprenden "elementos tecnológicos de seguridad como el sistema de vigilancia, cámaras o botones de pánico integrados al Sistema de Comando, Control, Comunicaciones, Cómputo, Cibernética e Inteligencia (C5i) o el que haga sus veces, entre otros".

Los elementos tecnológicos "son implementados de manera progresiva por las autoridades competentes a cargo de la gestión del tránsito y la fiscalización del transporte terrestre, en función de la disponibilidad tecnológica y presupuestal".

Además establece lineamientos para la protección de víctimas, a cargo de la Policía, tales como "reserva de la información de la denuncia y de la identidad del denunciante, canal telefónico de orientación al ciudadano, botón de pánico antiextorsión y atención inmediata y patrullaje focalizado".

También señala que el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) impulsará la implementación del marco normativo para el desarrollo del Fondo, apoyo financiero postdelito y reparación integral, en un lapso de 30 días calendario. A su vez, establece que las personas afectadas por extorsión y sicariato en el transporte público puede acceder a un sistema de reinserción laboral "reincorporarse en el mercado de trabajo, de preferencia, en empresas de transporte público o de empresas de mercancías; o en empresas de otros sectores económicos, e incluso desarrollar una actividad económica por cuenta propia".

Asimismo, destaca que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), en coordinación con la Policía Nacional del Perú, elabora un plan de rutas provisionales para garantizar la continuidad y seguridad del servicio de transporte terrestre y evitar el desabastecimiento de productos y servicios esenciales. "La implementación puede realizarse con apoyo de la Autoridad del Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU) y otras autoridades competentes, según corresponda", enfatiza el decreto. 

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