La iniciativa presentada por la ministra Teresa Hernández propone optimizar el marco legal que tipifica la difusión de imágenes, materiales audiovisuales o audios con contenido sexual, así como el chantaje sexual, utilizando la tecnología digital.
La ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, Teresa Hernández Cajo, se presentó ante la comisión de Constitución y Reglamento del Congreso de la República para solicitar facultades legislativas que permitan se sancione la violencia contra las mujeres facilitada por las tecnologías digitales.
Acompañando al jefe del Gabinete Ministerial, Gustavo Adrianzén, la titular del MIMP presentó el Proyecto de Ley que propone legislar en materia de política criminológica y penitenciaria para optimizar el marco legal que tipifica la difusión de imágenes, materiales audiovisuales o audios con contenido sexual, así como el chantaje sexual, usando la tecnología digital.
“El Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, propone completar el tipo penal incorporando nuevas modalidades de la comisión del delito de violación a la intimidad; con el objeto de brindar protección a las mujeres que se ven sobreexpuestas y sexualizadas mediante la difusión de imágenes y materiales audiovisuales o audios con contenido sexual, y que emplean el uso de tecnologías digitales como la inteligencia artificial” señaló Hernández Cajo.
La ministra agregó que también es necesario agravar la pena cuando se trate de víctimas menores de 18 años, teniendo en cuanto que son las niñas, niños y adolescentes la población más expuesta y vulnerable.
28% de las víctimas reducen su presencia en línea
La violencia facilitada por las tecnologías digitales incide en la brecha digital de género y es una de las razones por las muchas mujeres se retiran de internet. Estudios revelan que el 28% de las mujeres que fueron víctimas de violencia basada en las tecnologías de la información (TICs) han reducido deliberadamente su presencia en línea, y aquellas que están en el rango de edad de 18 a 24 años tienen una alta probabilidad de sufrir acoso sexual además de amenazas físicas en línea.
“En el caso del delito de violación de la libertad sexual en la modalidad de chantaje sexual, se ha considerado necesario incorporar como parte de este delito la difusión de imágenes, materiales audiovisuales o audios con contenido sexual o que tienen la apariencia de fotografías, videos o audios reales y que han sido elaborados o modificados con tecnologías digitales” agregó la titular del MIMP
Así como la ministra, los demás integrantes del gabinete ministerial expusieron sus propuestas para solicitar las facultades legislativas.
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