Kuczynski es investigado ante la Fiscalía por el presunto delito de lavado de activos en la adquisición de su casa ubicada en la calle Choquehuanca de San Isidro. El expresidente no podrá venderla ni transferirla a terceras personas mientras duren las investigaciones.
El Poder Judicial confirmó en una resolución la orden de inhibición de la casa del expresidente de la República Pedro Pablo Kuczynski, ubicada en la calle Choquehuanca de San Isidro. Esto significa que su propiedad no podrá ser vendida o transferida a otras personas mientras sigue investigado por el presunto delito de lavado de activos.
El abogado de Kuczynski, César Nakazaki, presentó un recurso de apelación para impugnar en primera instancia esta medida ya dictada el pasado 27 de agosto y el juez dispuso la realización de una audiencia el 26 de septiembre en la que se escucharon los argumentos del fiscal Hernán Mendoza Salvador y de la defensa del exmandatario.
En esa ocasión, Nakazaki expuso que Kuczynski nunca ha ocultado su casa, ni cuando fue presidente de la República (28 de julio de 2016 – 23 de marzo de 2018), ni cuando quisieron vacarlo, ni cuando se le abrió investigación preliminar con impedimento de salida del país, ni cuando se ordenó el allanamiento de su casa.
Según consta el fallo judicial “los indicios revelan hasta el momento que el investigado (Kuczynski) no podría alegar desconocimiento de las actuaciones de Gerardo Sepúlveda, debido a que su empresa, Westfield Capital, fue la destinataria de los fondos recibidos por las asesorías financieras”.
Consideró que “en el Perú, los contratos suscritos con entidades bancarias requieren la máxima formalidad en cuento a la representación legal de quien va a generar derechos y obligaciones contractuales, más aun cuando se trata de contratos de complejas asesorías financieras, como las que contienen los acuerdos suscritos entre Westfield Capital y el Banco de Crédito del Perú, resultando poco creíble que esta última entidad no haya cuidado de conocer quien ejercía la verdadera representación legal”.
Además señala que “Kuczynski se habría beneficiado con múltiples transferencias a su favor en el periodo 2007 -2015 y atendiendo el daño que se habría causado al Estado, así como las características del hecho punible resulta necesario amparar la inhibición”.
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