La Tercera Sala Penal de Apelaciones Nacional de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada declaró infundada la apelación presentada por la defensa de Renovación Popular contra una resolución previa.
El Poder Judicial confirmó la inclusión del partido político Renovación Popular como sujeto activo imputado en la investigación que sigue el Ministerio Público contra varias personas por el presunto delito de asociación ilícita para delinquir agravada y lavado de activos en el caso Odebrecht, por hechos ocurridos cuando dicha agrupación era denominada Solidaridad Nacional.
Así lo dispuso la Tercera Sala Penal de Apelaciones Nacional de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada, que declaró infundada la apelación que presentó la defensa del partido Renovación Popular contra una resolución dictada en primera instancia por el Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional.
El tribunal precisa en su decisión que en la resolución previa no se advierte alguna vulneración a los derechos procesales del partido político ni una incorrecta aplicación de las normas que regulan la incorporación de personas jurídicas al proceso penal.
Investigación
De acuerdo con el Ministerio Público, el partido Solidaridad Nacional (hoy Renovación Popular) habría utilizado su estructura organizacional para facilitar y favorecer actos de lavado de activos provenientes de dinero ilícito para otorgarle la apariencia de legalidad, mediante su ingreso como falsos aportes de campaña en 2011 y 2014.
Señalan también que, para la campaña presidencial de 2011, el exdirector ejecutivo de Odebrecht en Perú, Jorge Barata, habría entregado 200 000 dólares a Luis Castañeda Lossio y Jorge Luis Zegarra, dinero que ingresó al partido mediante falsos aportes.
Asimismo, para la campaña municipal de 2014, Luis Castañeda Lossio y Martín Bustamante castro habrían recibido de Odebrecht 200 000 dólares, mientras que de parte de OAS un total de 480 000 dólares, también ingresado a través de falsos aportes.
La resolución judicial que incluye a Solidaridad Nacional, hoy Renovación Popular, señala que cuando un delito se comete tras una persona jurídica, esta es pasible de medidas de carácter penal y su incorporación no afecta su derecho de defensa, pues justamente tiene por finalidad ejercer plenamente sus derechos procesales en el marco de la investigación.
“En casos debidamente justificados y luego de un debido proceso, un partido político sí podría ser pasible de consecuencias señaladas en la ley, sin que ello implique una afectación al derecho de participación política”, se lee en el documento.
El congresista José Luna Gálvez, Martín Bustamante Castro, Jorge Zegarra Lévano, Julo Torres Romero y otros son investigados en el Ministerio Público por los presuntos aportes ilegales de las empresas brasileras Odebrecht y O.A.S para financiar las campañas electorales de su primer partido político, Solidaridad Nacional (hoy Renovación Popular) en 2011 y 2014.
El legislador también afronta otra investigación preparatoria por las presuntas irregularidades detectadas en la inscripción de su actúa partido político Podemos Perú ante la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE).
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