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Desencuentro en el sistema de justicia tras la prisión domiciliaria a Morote y Liendo

Morote y Liendo pertenecieron a la cúpula de Sendero Luminoso.
Morote y Liendo pertenecieron a la cúpula de Sendero Luminoso. | Fuente: Andina

Fiscalía y Procuraduría critican la resolución de la Sala Penal Nacional que dispone la prisión domiciliaria para terroristas Morote y Liendo.

El pasado miércoles 18 de abril, el Colegiado A de la Sala Penal Nacional decidió que los terroristas Osmán Morote y Margot Liendo afronten arresto domiciliario hasta que se concluya el juicio por el caso Tarata, atentado perpetrado en el centro de Miraflores que dejó 25 muertos en 1992. Además ordenó el pago de una caución por 10 mil soles en un plazo de cinco días.

El primero cumplirá su detención en una vivienda familiar de Chaclacayo, mientras que la segunda irá a Santa Anita.

Considerado como el número 2 de la agrupación terrorista, Morote está preso desde 1988 y debió salir libre en 2013 al cumplir su condena de 25 años. La justicia le abrió tres nuevas causas (por los casos Soras, Tarata y Perseo) y le dictó prisión preventiva, una medida ya insostenible al rebasar el tiempo máximo legal permitido.

La resolución, sin embargo, no fue una medida aprobada y respalda por todas las instituciones del sistema judicial peruano.  

1. Presidente del Poder Judicial

El presidente de la institución, Duberlí Rodríguez, explicó que el plazo para presentar recursos de apelación a la resolución ya habían vencido porque “la Sala de Apelación lo presentó el 13 de julio del año pasado. Es imposible que ahora llegue a la Corte Suprema, porque no se planteó ningún recurso”

“Una cosa es criticar, pero la mejor crítica es interponer los recursos que el no quiso el año pasado cuando lo debió hacer en el mes julio”, añadió. El magistrado explicó también que esta resolución podría no producirse de forma inmediata.

“La Sala, como lo dijo ayer en la conferencia de prensa, ha emitido una resolución que no es sentencia, para que se ejecute el arresto domiciliario que ellos habían confirmado el año pasado. Ahora, si eso se cumple o no, ya han estado diciendo que tiene que ver con que el INPE diga a la Policía si tiene las condiciones logísticas. En el tema del arresto domiciliario, esa liberación aún no se va a producir”, comentó a RPP Noticias

2. Procuraduría

El procurador antiterrorismo Milko Ruiz emplazó al colegiado A de la Sala Penal Nacional a emitir sentencia en 15 días por el caso Tarata. En entrevista con RPP Noticias, criticó al juez René Martínez, a cargo de emitir dicha decisión. “No pueden emitir una resolución que ejecute una medida de arresto domiciliario en clara violación y contraviniendo el informe negativo de la Policía", dijo.

El procurador antiterrorismo consideró que el colegiado A de la Sala Penal Nacional hizo una "interpretación antojadiza" del informe policial de viabilidad del arresto domiciliario y calificó de “nefasto” el trabajo que se realizó con la resolución.

"El arresto domiciliario que se les ha dado ha sido decretado por esta sala de una manera completamente indebida e irregular", dijo.

 

3. Fiscalía

El Ministerio Público interpuso un recurso de nulidad contra la resolución judicial que dispuso la excarcelación de los cabecillas de Sendero Luminoso. En su cuenta de Twitter, informó que el pedido se "sustenta en el incumplimiento del pago de la caución económica y la falta de medidas de seguridad en los inmuebles donde cumplirían arresto domiciliario".

Además, el presidente de la República, Martín Vizcarra, expresó su desacuerdo con el Poder Judicial y pidió corregir su decisión. "Habrá un control bien estricto de los liberados a través del Ministerio del Interior, debe haber control, pero la mejor seguridad es que sigan pagando sus penas, sus culpas, dentro de la cárcel y no fuera", dijo en declaraciones a la prensa desde Pangoa, región Junín.

 

4. Sala Penal Nacional

En conferencia de prensa, el juez René Martínez defendió su trabajo e indicó que la Fiscalía y la Procuraduría para casos de Terrorismo no la apelaron la resolución en su momento. También dijo que la decisión se tomó luego de que el Juez Penal Nacional dispuso la libertad y detención domiciliaria de los procesados en marzo del 2017, medida que ellos confirmaron en julio del 2017 y que no fue objetada “por el Ministerio Público ni por la Procuraduría Pública para casos de terrorismo”.

"Aquí debo precisar una situación que no dice la Fiscalía y lo que es más, la Procuraduría. En julio, cuando este Colegiado confirma la resolución de primera instancia de detención domiciliaria para estos procesados, ¿dónde estuvo el señor [procudador antiterrorismo] Milko Ruiz que no hizo uso de ningún medio impugnatorio para poder recurrir a otra instancia (...) Ninguna de las dos instituciones, tanto el Ministerio Público como la Procuraduría, que ahora se rasga las vestiduras, cuestionaron esa resolución”, dijo Martínez en conferencia de prensa.

5. Ministerio de Justicia 

El ministro Salvador Heresi rechazó la resolución de arresto domiciliario de los terroristas y sostuvo este viernes que el Poder Judicial le debe una explicación al país. "Este fallo que permite la excarcelación de Morote y compañía es realmente insultante para la memoria nacional y de todos nuestros muertos que acabaron derramando su sangre en las manos asesinas de Sendero Luminoso. Nosotros repudiamos y rechazamos este fallo", señaló en Ampliación de Noticias.

Tras conocerse la medida de la Sala Penal, el ministro dijo sentir impotencia y rabia al ver como los responsables del terrorismo celebraron la sentencia del Poder Judicial y remarcó que este organismo del Estado deberá asumir la responsabilidad social de ese tipo de decisiones.

Sophia Castillo

Sophia Castillo Practicante

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