El excongresista Orestes Sánchez es acusado como presunto autor del delito de concusión en agravio del Estado.
El Poder Judicial dictó mandato de comparecencia con restricciones contra el excongresista del partido político Podemos Perú, Orestes Sánchez Luis, en el marco de la investigación preparatoria que afronta en el Ministerio Público como presunto autor del delito de concusión en agravio del Estado.
El juez supremo Juan Carlos Checkley declaró fundado el requerimiento que hizo la Segunda Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos para que se imponga dicha medida contra el exlegislador a raíz de este caso.
El magistrado consideró que existe un peligro procesal en menor grado, por lo que corresponde imponer al referido excongresista la medida de comparecencia con restricciones.
Por ello, el juez supremo Checkley Soria determinó que el excongresista Orestes Sánchez Luis cumpla las siguientes reglas de conducta: la obligación de no ausentarse de la localidad en que reside sin previa autorización judicial, la obligación de presentarse al control biométrico cada sesenta días a través del Servicio de Registro y Control Biométrico de Procesados y Sentenciados Libres del Poder Judicial, la obligación de asistir a todas las citaciones que se le haga cuando sea requerido tanto por la Fiscalía y su Juzgado y la prohibición de comunicarse, durante todo el proceso con las personas de Juan David Perry Cruz, María Beatriz Castro López, Miguel Ángel Calderón Paz y los que vayan a declarar como testigos en esta investigación, siempre que no afecte al derecho de defensa.
Asimismo, el magistrado dispuso que el exparlamentario pague la suma de tres mil soles por concepto de caución económica dentro de este proceso penal.
El Ministerio Público investiga al excongresista Orestes Sánchez Luis por presuntamente haber obligado o inducido a Miguel Ángel Calderón Paz, extrabajador de su despacho congresal, a entregarle indebidamente parte su remuneración en los meses de mayo, junio, julio, agosto y setiembre del año 2020 como condición para ser contratado, renovarle la confianza y no despedirlo.
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