La Sala Mixta de Emergencia de la Corte Superior de Justicia de Lima confirmó la decisión de un juzgado constitucional de Lima, que previamente declaró improcedente el recurso del exasesor de Keiko Fujimori. Según lo resuelto, no se presentó ningún informe médico que diera cuenta que Figari padece de algún tipo de enfermedad crónica grave.
El Poder Judicial rechazó este sábado, en segunda instancia, un recurso de habeas corpus que presentó la defensa legal de Pier Figari, exasesor de la lideresa de Fuerza Popular, Keiko Fujimori, quien afronta prisión preventiva por el caso Odebrecht.
Así lo resolvió la Sala Mixta de Emergencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, que confirmó la decisión adoptada por un Juzgado Constitucional de Lima, que previamente había declarado improcedente el recurso planteado por la defensa de Figari a fin de que cumpla los últimos días de prisión preventiva bajo detención domiciliaria en su vivienda en Surco.
El tribunal superior coincidió con el juzgado constitucional respecto de que no se presentó un informe médico suscrito por un especialista en el campo de la salud, que diera cuenta de Figari padece de algún tipo de enfermedad crónica grave.
La sala también resaltó el contenido de un informe médico presentado por la Procuraduría del Instituto Nacional Penitenciario (INPE), en el que se informa que Pier Figari, de 45 años, tuvo 16 atenciones médicas durante su reclusión y no registró ningún problema de salud que lo ubique en el grupo de riesgo de contagio de la COVID-19.
Agregó que el exasesor de Keiko Fujimori solo padece de cefalea, migraña y de hiperplasia prostática benigna.
Queda pendiente que el Tribunal Constitucional resuelva otro habeas corpus presentado a favor de Figari, para quien el Poder Judicial amplió por 12 meses más el mandato de prisión preventiva que se le impuso en el marco de la investigación que realiza el Ministerio Público.
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