La conductora de “Magaly TV: La Firme” no salió al aire este 15 de julio, luego que la Fiscalía le abrió una investigación preliminar por la presunta comisión de delito contra la salud pública.
Una vez más, “Magaly TV: La Firme” no se transmitió en la pantalla chica. Luego de anunciar que contrajo la COVID-19, Magaly Medina no salió en la televisión este 15 de julio por no encontrarse bien de salud.
En su lugar, apareció ATV Noticias Edición Central, conducido por la periodista Drusila Zileri, quien dio a conocer que el programa de su colega no saldría al aire. “Ella se encuentra indispuesta el día de hoy y por eso empezamos el noticiero temprano”, dijo.
Lo mismo ocurrió el pasado 13 de julio, cuando el mencionado noticiero debió tener una edición especial para cubrir el espacio dejado por “Magaly TV: La Firme” al no emitirse. Entonces, también Zileri afirmó que la popular ‘Urraca’ no estaba en señal abierta por “recomendación médica”.
Coincidió, por otro lado, que “Magaly TV: La Firme” no se transmitió por ATV este 15 de julio luego de que este miércoles la Fiscalía le abriera una investigación preliminar a la conductora televisiva.
¿POR QUÉ MAGALY MEDINA ES INVESTIGADA?
Magaly Medina se encuentra en el ojo de la tormenta. Su decisión de salir al aire con su programa “Magaly TV: La Firme” pese a haber contraído el nuevo coronavirus ha generado una ola de críticas y, recientemente, pasó a ser considerada materia de investigación para el Ministerio Público.
Así lo anunció el primer despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa, cuyo fiscal adjunto provincial Dereck Mijlai Schoster Zapata dispuso la apertura de investigación preliminar contra la conductora de televisión y sujetos en proceso de identificación, por presuntos delitos contra la salud pública y de contaminación y propagación de enfermedad peligrosa o contagiosa en agravio del equipo de producción del espacio televisivo.
Asimismo, el fiscal a cargo de la investigación dispuso fijar un plazo de 60 días naturales para las diligencias preliminares, conforme a lo señalado en el numeral 2 del artículo 334° del Código Procesal Penal.
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